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Cristina Kirchner dice que “no puede subsistir” sin su jubilación de privilegio y no consigue un juez que se la restituya

El juez Pérez Nani se excusó y no aceptó una cautelar contra la anulación de sus pensiones graciables que dispuso el Gobierno de Milei en noviembre por estar condenada en la causa Vialidad.

Sábado 12 de Abril de 2025

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20:34 | Sábado 12 de Abril de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

 La ex presidenta argumenta que no tiene bienes, que no puede vivir sin ese dinero y que es una "perseguida política".

Pese a que Cristina Kirchner pidió a la Justicia una cautelar para volver a cobrar las dos pensiones de privilegio porque “son el único ingreso que le permite subsistir”, desde noviembre no consigue que un juez de la Seguridad Social tome su reclamo contra la decisión del Gobierno que las anuló por estar condenada en la causa Vialidad.

Al momento de la anulación en noviembre, cobraba unos 22 millones de pesos por su asignación honorífica por ser ex presidenta, más la de Néstor Kirchner, a pesar de que la ley 24.018 especifica que debía cobrar un solo beneficio.

Específicamente, percibió un neto mensual incluyendo el beneficio zona austral de $ 12.169.597 por su jubilación y 9.658.606 por la pensión de Néstor, informaron fuentes judiciales a Clarín.

Hace unos días, el juez de la Seguridad Social Ezequiel Pérez Nami se excusó de tomar la causa abierta por la ex vicepresidenta y complicó su estrategia judicial.

Argumentó que que se encuentra ternado en un concurso para juez titular y "cualquier decisión adoptada, ya sea en beneficio o perjuicio de cualquiera de las dos partes, puede ser incorrectamente interpretada como comprometida con el proceso de selección, generándose así una posible lesión a la confianza pública, que torne susceptible de poner en duda la necesaria imparcialidad”.

Cristina Kirchner responde en noviembre en X a la decisión de Milei de anular sus jubilaciones de privilegio.Cristina Kirchner responde en noviembre en X a la decisión de Milei de anular sus jubilaciones de privilegio.

Entonces, la causa “caliente” recayó en la colega de Pérez Nani, Karina Alonso Candis, quien ahora deberá decidir si la acepta. El ex camarista de ese fuero, Luis Herrero, le mandó un mail a la magistrada en el que afirma que “no existe la excusación por las causales de miedo o especulación" como sostiene Pérez Nani.

“El hecho de que Pérez Nami esté ternado no justifica la afectación del principio constitucional del "juez natural" mediante su inhibición en una causa de indudable conexidad con otra a su cargo, promovida por las mismas partes, que aún se halla en trámite ante la Corte Suprema”. Herrero tiene un pedido de amicus curiae que está en trámite en la Corte para que la diputada Graciela Ocaña sea querellante en la causa de Cristina.

Herrero recordó que cuando gobernaba Cristina junto a Alberto Fernández “el señor juez no se excusó por idénticas razones”.

En octubre de 2021, la ANSES dirigida por la camporista Fernanda Raverta, no apeló el polémico fallo de Pérez Nani y del entonces fiscal Gabriel De Vedia para poder pagarle así las dos jubilaciones a Cristina.

En una resolución, Pérez Nani rechazó el pedido de los abogados de Cristina Kirchner de tratar este nuevo reclamo por “conexidad” con la causa anterior.

“Es menester aclarar "prima facie" que las circunstancias del trámite de aquella, son sustancialmente distintas con los presentes actuado”, subrayó el magistrado.

Al día de la fecha está “ternado en el concurso Nº 440 del Consejo de la Magistratura de la Nación para ocupar uno de los cuatro cargos vacantes en la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social, de CABA”, precisó.

Ese contexto "trasunta una situación apta para suscitar el estrépito social y con ello la duda razonable. Evidencia una circunstancia perturbante para seguir interviniendo, ya que las particularidades de la misma, y el contexto en el cual se ve inmerso, puedan comprometer la confianza de la sociedad”. Y se excusó.

Por otra parte, la ANSES de Milei fue aceptada como parte querellante en la causa que investiga la validez del cobro en su pensión de un plus por zona austral -de unos 9 millones de pesos- por parte de Cristina Kirchner, cuando en realidad vive en Capital Federal. El expediente está delegado en el fiscal federal Gerardo Pollicita y se investiga los delitos de administración fraudulenta, estafa y falsedad ideológica.

En su pedido de cautelar contra la decisión de la ANSES que le quitó las dos jubilaciones, el abogado de Cristina Facundo Fernández Pastor sostuvo que el fallo de Pérez Nani de 2021 “se encuentra firme y consentida por la aquí de mandada”. Se refiere a una decisión de la ANSES cuando la dirigía la camporista Raverta.

Recordó que el 14 de noviembre de 2024 el entonces director Ejecutivo de la ANSES, Mariano de Los Heros, “abocándose facultades propias del Poder Judicial, dictó La RESOL-2024-1092-ANSES-ANSES, revocando los beneficios de mi mandante”.

En su escrito ante la Justicia, el abogado de Cristina sostuvo que "no tiene otra forma de subsistir" que no sean las jubilaciones de privilegio.En su escrito ante la Justicia, el abogado de Cristina sostuvo que "no tiene otra forma de subsistir" que no sean las jubilaciones de privilegio.

En su reclamo, Cristina se presente como una “perseguida política” de los jueces federales de Comodoro Py, del ex presidente Mauricio Macri y ahora de Milei.

“La forma en que se lleva a cabo la persecución puede ser de la forma más diversa, pero tiene un común denominador, domesticar al opositor”, agrega el escrito al que accedió Clarín.

“Antes la proscripción (de Cristina) la buscaban hacer desde Comodoro Py, ahora directamente la pretenden realizar mediante una ley que sólo es aplicable a mi mandante”, en alusión al proyecto de Ficha Limpia.

Advierte que “la interpretación de que el doble conforme (de ese proyecto) es equiparable a la sentencia firme que hace el texto del proyecto de ley, es la misma que realiza la ANSES con intención de revocar dos beneficios otorgados al amparo de lo dispuesto por la Ley 24.018”.

Puso como ejemplo, que la Justicia de este fuero permitió cobrar este tipo de jubilaciones al ex ministro de Justicia de Buenos Aires durante la dictadura James Smart, “condenado y con sentencia firme, por haber cometido delitos de lesa humanidad” y que no fue destituido por juicio político como lo establece la Constitución Nacional.

Por otra parte, a De los Heros, “realizó una denuncia sosteniendo que mi mandante solicitó que se le abonara el suplemento por zona austral. “Si supiera todas esas cosas, sabría que mi mandante cumplió con la normativa de la ANSES y que, además, no solicitó el pago de ningún suplemento, que lo liquidaron sin su solicitud” durante la gestión de la camporista Raverta.

En realidad, “lo que intentan es imposibilitar que ejerza su derecho a representar al pueblo, y que de la forma que sea y con la excusa que sea termine presa y que, a diferencia de James Smart, también termine sus días sin un centavo”.

Al mismo tiempo que “el presidente de la Nación y el vocero presidencial Manuel Adorni salen a decir que a la viuda del presidente Carlos Saúl Menem (Zulema Yoma), quién falleció teniendo un doble conforme, no le van a realizar la misma interpretación normativa”. Por eso denunció "discriminación".

Luego resalta que el fallo de Pérez Nani “es un acto firme y consentido y ha generado derechos subjetivos que se estaban cumpliendo, hasta el dictado de la resolutiva motivo de la presente impugnación”.

En consecuencia, “la resolución impugnada es nula, de nulidad absoluta y manifiesta”, agrega.

Recuerda que Cristina desde 2016 en la causa Vialidad “se dispuso la inhibición general de bienes de mi mandante, que continúa aún vigente”.

Sin embargo, el ex camarista Herrero dijo a Clarín que "la sentencia de Pérez Nami todavía no está firme ni consentida (no hay cosa juzgada), como dice el abogado de Cristina Kirchner".

"Ergo, corresponde a la Corte Suprema decidir si el cobro simultáneo de ambas asignaciones vitalicias por parte de Cristina Kirchner -prohibido por el art. 5 de la ley 24018- es un derecho adquirido de esta -como lo estableció el juez Pérez Nami- o no", agregó el ex juez conocido por su defensa de los jubilados.

Ese mismo año, la ex presidenta “realizó por ante escribano público, la cesión de los bienes que, por derecho, le correspondía heredar de su cónyuge, Néstor Carlos Kirchner, más los suyos propios y gananciales que por derecho le correspondía, a sus dos hijos” Florencia y Máximo.

Entonces, “mi mandante está inhibida y no posee bienes y, cualquier emolumento que ingresara a su patrimonio quedaría automáticamente paralizado por la inhibición dictada, por tanto, sus asignaciones mensuales vitalicias son el único ingreso que le permite subsistir”, agrega el abogado.

Y finaliza advirtiendo que “el peligro en la demora” de la causa perjudica a Cristina que “no tiene otra forma de subsistir que la percepción de las asignaciones mensuales vitalicias sobre las cuales Su Excelencia ha dictado sentencia pasada en autoridad de cosa jugada”, aceptando las jubilaciones de privilegio que ahora anuló el gobierno de Milei.

 

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