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La aerolínea deberá indemnizarlo por duplicar el cobro de un pasaje y anularle el ticket de regreso por una deuda inexistente.
Lunes 01 de Diciembre de 2025
18:33 | Lunes 01 de Diciembre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario dejó firme un fallo que obliga a Aerolíneas Argentinas a pagar una indemnización a un pasajero por haberle cobrado dos veces un boleto Ezeiza–Miami y negar su embarque basándose en una supuesta deuda por equipaje. El monto es de unos 20 millones de pesos.
El afectado fue un rosarino de 35 años, residente en el exterior, quien había emitido en octubre de 2021 un pasaje ida y vuelta con fecha de viaje para marzo de 2022. El boleto costó 2.664 dólares y el trayecto hacia Argentina se completó sin problemas, según detalló su abogado, Rodrigo Miralles. El conflicto surgió cuando el pasajero intentó abordar el vuelo de regreso a Miami y la aerolínea le impidió embarcar por una supuesta deuda cercana a los 300 dólares.
De acuerdo con la demanda, el pasaje de vuelta fue anulado minutos antes del embarque. El pasajero contaba con todos los comprobantes de pago certificados por su tarjeta de crédito, pero aun así debió adquirir un nuevo pasaje para viajar ese mismo día porque tenía compromisos laborales en Miami. Esta situación, según su representante legal, generó estrés y angustia tanto en él como en su pareja.
En su resolución, la jueza federal Silvia Casiello concluyó que Aerolíneas Argentinas actuó de manera arbitraria al anular un vuelo ya facturado y cobrar dos veces el mismo servicio. La magistrada indicó que el argumento de la aerolínea se apoyó en una deuda inexistente vinculada a un adicional de equipaje, lo que derivó en una “postura falaz y carente de sustento probatorio”. Para la Justicia, se trató de dos contratos distintos, sin posibilidad de compensación alguna.
El fallo citó el artículo 921 del Código Civil y Comercial, que exige que las obligaciones sean compensables, algo que no se verificaba en la causa. La jueza señaló además que la empresa afectó derechos de terceros, dado que el pasajero debía retomar sus actividades laborales en el exterior. Esta conducta, definida como ilegítima, se consideró agravada por el hecho de que la anulación del pasaje ocurrió instantes antes del embarque, colocándolo en una situación de hipervulnerabilidad.
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente el fallo: ratificó la existencia de daño emergente y moral, aunque desestimó el reclamo por daño punitivo. La indemnización fijada ascendió a $12.350.000, monto resultante de los intereses generados desde el inicio de la demanda. A ello se suman costas, peritajes y honorarios que elevan el total a aproximadamente 20 millones de pesos, que la aerolínea deberá asumir en su totalidad.
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