En diálogo con Fénix, el exdiputado provincial denunció que desde 2016 el Poder Judicial aplica un régimen salarial sustentado —según afirmó— en una norma que dejó de existir en 1993, lo que volvería “irregular” el adicional que perciben magistrados
18:05 | Martes 09 de Diciembre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El exdiputado provincial Emilio Lucero reiteró su denuncia sobre el sistema de antigüedad aplicado en el Poder Judicial de La Rioja, al sostener que los jueces provinciales cobran un adicional sustentado en una ley que fue derogada hace más de treinta años. En una extensa explicación, indicó que las pruebas que presentó parten de la reforma establecida desde 1995 y de las sucesivas normas que suspendieron y modificaron el cálculo del ítem, hasta llegar a la disminución del porcentaje fijado en 0,5%. Según señaló, estos cambios nunca debieron producirse porque la Constitución provincial establece que la antigüedad, el título y la asignación familiar están fuera de toda variación.
Lucero aseguró que en 2017 se ratificó un acuerdo que reconoció el pago de la antigüedad dentro del Poder Judicial, decisión que calificó de “ilegal”, ya que —sostuvo— se basaba en la Ley 4269, derogada en 1993 durante la gestión de Beder Herrera y Claudio Saúl en la Legislatura. Afirmó que esa derogación dejó sin efecto cualquier posibilidad de utilizar la norma como referencia salarial.
También cuestionó que los jueces hayan tomado ese marco normativo para fijar sus haberes a partir de 2016, cuando se formalizó un acuerdo interno del Tribunal Superior de Justicia. Para Lucero, esa decisión no solo contradice la Constitución sino que además se apoya en una ley sin vigencia, por lo que el plus de antigüedad y el esquema remunerativo deberían considerarse irregulares.
El dirigente apuntó además contra los funcionarios que intervinieron en la firma del acuerdo, incluidos integrantes actualmente en funciones, y remarcó que antes de 2016 los magistrados se regían por la Ley 4437, la única ley provincial de remuneraciones que debería haberse respetado. Sostuvo que no se puede adoptar una norma derogada —y menos aún una que no está prevista constitucionalmente— para justificar incrementos o adicionales salariales.
Lucero insistió finalmente en que la cuestión excede el ítem puntual de la antigüedad y alcanza a la totalidad del esquema salarial del Poder Judicial. Aseguró que el tratamiento del tema es indispensable para transparentar el sistema y evitar que continúe lo que calificó como una “irregularidad histórica”.