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Lo dispuso la Sala I de la Cámara Federal porteña en el marco de la causa denominada cuadernos de la corrupción.
Miércoles 05 de Diciembre de 2018
12:17 | Miércoles 05 de Diciembre de 2018 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
En el marco de la causa denominada cuadernos de la corrupción, la Sala I de la Cámara Federal porteña le ordenó al juez federal Claudio Bonadio que defina el futuro procesal de Máximo Kirchner. Según dispuso el tribunal, el magistrado deberá decidir si procesa o dicta la falta de mérito del diputado nacional, quien está acusado del delito de asociación ilícita.
La decisión de la Cámara es como consecuencia de un pedido que realizó el propio legislador santacruceño, el cual solicitó conocer cuál es su situación procesal luego de presentarse en declaración indagatoria ante Bonadío y en la cual el diputado negó ser parte de la causa donde se encuentran procesados algunos integrantes de La Cámpora.
Lo cierto es que Máximo había sido involucrado en la causa por declaraciones que realizó el arrepentido secretario de Obras Públicas, José López, quien lo acusó de ser parte del circuito en el que recibía supuestos sobornos por parte de empresas contratistas del Estado. "No existe ningún elemento probatorio que justifique tan siquiera remotamente mi citación en estos obrados", había resaltado el diputado ante el magistrado.
En ese sentido, el hijo de Cristina Kirchner aseveró que esta imputación "es falsa, repito, construida con el solo propósito de denostar a dirigentes políticos opositores y, al propio tiempo, tomar venganza respecto de algunos de ellos, quienes han impulsado en contra de Bonadío su juicio político", al tiempo que resaltó que la investigación cuentan con gran "cantidad de irregularidades, ilicitudes y actividades delictivas".
Tras sus declaraciones, Bonadío decidió desprenderse de ese aspecto de la causa, ya que consideró que "tanto la imputación como las defensas materiales de los nombrados tratan sobre un objeto distinto al investigado en la presente causa, excediendo, el objeto procesal delineado por el Ministerio Público Fiscal", al tiempo que señaló que "la intervención de los nombrados consistió en haber recibido el dinero proveniente de la asociación ilícita investigada para solventar distintas actividades políticas y financiar agrupaciones satélites del partido –'Frente Para la Victoria'– como es el caso de “La Cámpora”.
Sin embargo, para los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, que hicieron lugar al pedido del abogado defensor de Kirchner, Carlos Beraldi, "no se desprende que en las actuaciones se haya resuelto la situación procesal del recurrente con respecto al hecho vinculado con su participación en la asociación ilícita, por el cual fuera indagado" y ordenaron que "a la fecha debe expedirse respecto al pedido de sobreseimiento efectuado por la defensa de Máximo Kirchner y no el juez desvinculado para intervenir en la extracción de testimonios referenciada, cuyo acotado marco fáctico no se extiende a la conducta reprochada en los términos del artículo 210 del Código Penal de la Nación".
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