Sociedad

Fallo inédito: Mujer deberá indemnizar a su ex por impedirle ver a su hijo

La justicia determinó que deberá pagar más de un millón de pesos al padre del menor por daño moral y psíquico.

Jueves 14 de Marzo de 2019

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17:55 | Jueves 14 de Marzo de 2019 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Una mujer tendrá que pagar más de un millón de pesos por haber impedido que su ex mantuviera contacto con el hijo de ambos.

Los jueces Silvia Bermejo, Osvaldo Álvarez y Oscar Ameal, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Capital Federal, resolvieron que la mujer deberá pagar $ 555 mil por daño psíquico, $ 500 mil por daño moral y $ 2.500 por gastos de farmacia y asistencia. La tasa de interés debe devengarse desde el 12 de diciembre de 2005.

El fallo difundido por ElDial.com benefició al hombre de 43 años y determinó que los años en los cuales el vínculo de padre e hijo era necesario se vio obstruido y resultó un daño consolidado en el tiempo.

El caso

El hijo de la pareja nació el 2 de diciembre del 2000, luego se separaron y el hombre dijo que a partir de ese momento le impidió tener contacto con su hijo.

En medio de la disputa, en agosto de 2002 consensuaron un régimen de contacto, pero tres años después denunció que la ex no cumplía con ese acuerdo. La mujer hizo las mismas acusaciones.

El padre pidió una asistente social, y con ella se presentó en abril de 2006 en la casa del menor. La demandada argumentó que no podía llevarse al nene porque estaba enfermo.

El caso siguió con una denuncia contra la mujer por agredir al nene. Según el relato de él, su hijo le había dicho que la madre le había pegado.

En noviembre de 2007 se determinó un nuevo régimen de contacto. El encuentro entre padre e hijo pactado en una hamburguesería, con presencia de la asistente social no se concretó.

Asignaron una nueva fecha y esta vez la madre de la criatura alegó que por la gripe A el menor no podía concurrir a lugares cerrados con gente y que además, por las bajas temperaturas, tampoco podía asistir a un parque.

En abril de 2010 madre e hijo no se presentaron a un encuentro acordado nuevamente con una asistente social.

Tras varias idas y vueltas el juez de primera instancia determinó que ambos debían cumplir el régimen de contacto consensuado para no afectar a su hijo.

En el fallo de primera instancia la Justicia condenó a la mujer a pagar $ 120 mil más intereses y costas. Pero el hombre reclamó una suma mayor por "daño psíquico, tratamiento psicológico, gastos de farmacia y asistencia y daño moral".

Finalmente el fallo de Cámara determinó que el demandante "presenta síndrome de ansiedad de origen reactivo" y se encuentra en un "extenso y frustrante conflicto", de acuerdo al documento difundido por el portal El Dial.

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