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La Justicia informó que los Juzgados de Violencia de Género y Protección de Menores Nro 1 y 2, realizaron una Resolución para prorrogar por única vez, las medidas de protección para víctimas de violencia de género dictadas por ambos Juzgados
Sábado 21 de Marzo de 2020
13:09 | Sábado 21 de Marzo de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
Ante el Decreto de Necesidad y Urgencia de Presidencia de La Nación, lo decretado por la Función Ejecutiva Provincial en relación a la Emergencia Sanitaria por los virus de dengue y coronavirus (COVID-19) y los Acuerdos Nº 33; 34 y Resolución Nº 38 del Tribunal Superior de Justicia, y atento a la emergencia sanitaria los juzgados tratarán solamente asuntos de feria.
Por lo que en el marco de dicha emergencia, la justicia no resulta ajena a la problemática situación de violencia contra la mujer, y que diariamente las mujeres que poseen procesos en el fuero penal de Violencia de Género de la Primera Circunscripción Judicial, concurren a los estrados judiciales a efectos de solicitar las prorrogar de las medidas de protección dictadas en el marco de un proceso penal cuando éstas se encuentran vencidas o próximas a vencerse. Y con el fin de evitar mayores riesgos para la salud física y psíquica de la víctima y en el marco de lo establecido por la ley Nacional Nº 26.485 de prevención integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres se dictó una resolución conjunta.
Es así que, las juezas Dras. Karina Cabral y Magdalena Azcurra consideraron necesario dictar una resolución de alcance general de carácter excepcional, que prorrogue automáticamente por única vez, las medidas protectoras para víctimas de violencia de género dictadas por ambos Juzgados de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nº 1 y Nº 2 -cuyo vencimiento opere en el mes de marzo de 2020 o lo hagan dentro del periodo de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” por el coronavirus-, por el plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha de la presente resolución o lo que dure el periodo de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, con el objeto de garantizar la vigencia de las cautelares sin que las mujeres tengan que tramitar su renovación, para evitar aglomeraciones en los juzgados y asimismo permite proteger los derechos de las víctimas de violencias, dando fiel cumplimiento a la normativa vigente en la materia y a una tutela judicial efectiva.
Esta prórroga opera para las medidas de: Prohibición de acercamiento con restricción geográfica, prohibición de contacto por cualquier medio, cese de actos de perturbación e intimidación, y exclusión provisoria de la residencia común. En los casos de restricción geográfica con colocación de dispositivos duales, también se ordena prórroga por idéntico plazo y todas rigen con respecto a los denunciados en las mismas condiciones y con el mismo alcance con el que fueron dictadas.
Ante el incumplimiento de esta medida, se procederá a la inmediata detención por el delito de desobediencia a la autoridad (ART 239 del C.P.), todo ello de conformidad a las prescripciones establecidas en el art. 121, 122 del C.P.P. Y 120 DEL C.P.C., Art. 26 inc. A.1) a.2) b2 de la Ley 26.485.
Asimismo, se explicó que esta resolución fue comunicada a la Jefatura de Policía de la Provincia, Secretaria de la Mujer, Unidad de Monitoreo de Dispositivos Duales, Ministerio Publico Fiscal, Ministerio Publico de la Defensa y Superior Tribunal de Justicia.
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1 COMENTARIOS
QUE LAS MUJERES DEJEN DE HINCHAR
| Sábado 21 de Marzo de 2020
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