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Carlos Flores fue procesado por un hecho de violencia que ocurrió el 26 de diciembre de 2018. La víctima quedó inconsciente como consecuencia de los golpes.
Domingo 24 de Mayo de 2020
23:28 | Domingo 24 de Mayo de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 1, a cargo de la jueza Dra. Karina Cabral, en Feria Judicial Extraordinaria, resolvió dictar el procesamiento contra Carlos Flores como supuesto autor del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo, según lo previsto por los artículos 89 y 92, en razón del artículo 80 inciso 1º del Código Penal Argentino (C.P.A.), de conformidad a lo dispuesto por los artículos 327, 328, 329 y 330 del Código Procesal Penal (C.P.P.).
El hecho que se le imputa a Flores, ocurrió el 26 de diciembre de 2018 siendo las 22 horas aproximadamente, en el domicilio que compartían Él y la víctima, donde mantuvieron una discusión, las que se venían repitiendo desde hace ya tiempo, y en esta oportunidad la agredió físicamente con cachetadas y tirones de cabello. En el medio de la discusión el imputado golpeó con el puño en la nuca de la víctima, produciéndole una descompensación y posterior caída al suelo, una vez ahí, el imputado continuó agrediéndola en las costillas, hasta intentar asfixiarla.
Analizado todo el contexto, la credibilidad del relato de la víctima, apoyado por el informe médico que constató las lesiones, llevan a lograr la convicción necesaria para acreditar el delito de lesiones perpetradas en un marco de violencia de género.
Por último, la Magistrada dictó el sobreseimiento del imputado en el delito de amenazas, previsto y penado por el artículo 149 bis del C.P.A., de conformidad a lo dispuesto por los artículos 356; 357; 358 inciso 1° y 359 del C.P.P., declarando que el proceso no afecta el honor de que haya gozado el imputado.
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