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Prohibición De Las Reuniones Sociales: «Refleja Un Desconocimiento Total Del Derecho Penal»

El abogado constitucionalista Daniel Sabsay fue uno de los que salió a cuestionar esta medida.

Lunes 03 de Agosto de 2020

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13:13 | Lunes 03 de Agosto de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Tras decretarse la prohibición de encuentros y reuniones sociales en el marco de las decisiones que se establecieron para evitar más contagios de coronavirus, el abogado constitucionalista Daniel Sabsay fue uno de los que salió a cuestionar esta medida tomada por el Gobierno. De esta forma, el letrado aseguró que esa legislación refleja «un desconocimiento total del derecho penal».

En declaraciones radiales manifestó que «está estrictamente prohibido legislar a través de un decreto de necesidad y urgencia en materia penal». Además, como consecuencia de que el decreto del Gobierno contempla la enmarcación de las reuniones sociales como delitos ya existentes en materia de salud pública, remarcó: «No se puede legislar por analogía». Así, consideró «una barbaridad» esta idea, ya que explicó que los jueces sólo pueden interceder en el caso de que exista un delito.

Por este motivo, el abogado resaltó que «lo que están diciendo refleja un desconocimiento total del derecho penal». En este contexto, también cuestionó la idea de esta decisión tomada en el marco de emergencia por la pandemia. «El estado de emergencia no puede arrasar con el Estado de Derecho. Eso lo dice la Comisión Interamericana de Derechos Humanos», sostuvo en declaraciones radiales.

En el marco de la pandemia por coronavirus, el Gobierno nacional prohibió las reuniones sociales en todo el territorio argentino. De esta manera, con la finalidad de frenar los contagios, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el presidente Alberto Fernández estableció la medida. Esta determinación entrará en vigencia a partir de hoy en el país.

La decisión incluye los eventos culturales, religiosos y recreativos, en el que se permitirá hasta diez personas. Respecto a los domicilios particulares, sólo podrán estar las personas que vivan allí. Según la normativa, desde hoy están prohibidos en todas las provincias los «eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas».

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