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IFE ANSES 3: cuáles son los nuevos requisitos para acceder al bono

Una resolución del Ministerio de Trabajo aclara que las personas privadas de su libertad no pueden acceder al beneficio y ajusta el criterio para considerar los grupos familiares

Jueves 13 de Agosto de 2020

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14:13 | Jueves 13 de Agosto de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El Ministerio de Trabajo oficializó nuevas restricciones al acceso al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) del ANSES, programa que fue implementado en marzo como una ayuda para las familias con su economía golpeada por la parálisis de la actividad y que este mes concretará su tercera ronda.Según lo dispuesto en la resolución 16/2020, publicada en el Boletín Oficial a modo de 'aclaración', no podrán acceder al monto de $10.000 de ayuda "las personas privadas de la libertad bajo cualquier modalidad".

Además, el texto señala que en caso de que el o la solicitante del IFE tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Anses sea el mismo que el de sus padres, serán todos considerados miembros del mismo grupo familiar, lo que limita las posibilidades de acceder al beneficio. Por otro lado, incluye en la norma un punto en el que señala que la Anses requerirá a la AFIP la "realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud."

Requisitos vigentes para aplicar al IFE

Estas precisiones se suman a los requisitos ya solicitados para el acceso a la prestación, que son los siguientes:

  • Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con residencia legal en el país no inferior a dos años
  • Tener entre 18 y 65 años
  • Ni la persona que solicita el IFE ni ningún miembro de su grupo familiar deben percibir ingreso alguno proveniente de:

a) trabajo en relación de dependencia, público o privado, a excepción del realizado en el marco del régimen especial de trabajadores y trabajadoras de casas particulares

b) ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos

c) prestación por desempleo

d) jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

e) planes sociales, salario social complementario, programas Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar, Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo.

El IFE fue implementado a través del decreto 310/20 en marzo pasado, como una prestación monetaria no contributiva del sistema de seguridad social, de carácter excepcional. El objetivo es compensar la pérdida o grave disminución de ingresos de aquellos sectores más vulnerables, a causa de las medidas adoptadas por el Gobierno para evitar la expansión del Covid-19.

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6 COMENTARIOS

Melani Ángel

| Sábado 15 de Agosto de 2020

Yo como hago si tengo 15 años una nena de 10 meses y no cobró la AUH Ni La Tarjeta Alimentar

Erika

| Viernes 14 de Agosto de 2020

Hla porque no ponen tb q cobren el IFE las pensiones no contributivas y el jubilado tb son personas bunerablez es muy poco lo q ganan y son los q más necesitan espero tengan en cuenta gracias

Roberto

| Viernes 14 de Agosto de 2020

Porfavor

Roberto

| Viernes 14 de Agosto de 2020

Yo no cobro nada y tengo un bb de cuatro meses y necesita mi ayuda...

Liliana ovelar

| Viernes 14 de Agosto de 2020

Para las empleadas domesticas siguen cobrando ??

Pitti.

| Viernes 14 de Agosto de 2020

Ahora se va a llenar el registro civil por LOS CAMBIOS DE DOMICILIO.jajajajajse la estudian a todas los vagos total.

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