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Carta de Roberto Fernández Secretario General de UTA al Gobernador Ricardo Quintela

Quién suscribe, Roberto Carlos Fernandez, en mi carácter de Secretario General de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), constituyendo domicilio procesal en nuestra sede social de calle Moreno 2969 de CABA.se dirige al Sr. Gobernador, y dice:

Domingo 06 de Septiembre de 2020

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19:56 | Domingo 06 de Septiembre de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Al Señor Gobernador de la Provincia de La Rioja

Cro. Ricardo Quintela. S/D

De mi mayor consideración:

Quién suscribe, Roberto Carlos Fernandez, en mi carácter de Secretario General del Consejo Directivo Nacional de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), constituyendo domicilio procesal en nuestra sede social de calle Moreno 2969 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se dirige al Sr. Gobernador, y dice:

I).- Que en el marco del CCT 460/73, esta entidad sindical que represento, tutela el interés colectivo de los trabajadores del transporte de personas por ómnibus urbano e interurbano del interior del país, tanto en lo que hace a corta, como asimismo el transporte de media distancia para la referida actividad y sector.

II).- Que en el ámbito de aplicación personal, material y territorial de competencia del referido acuerdo colectivo, entiende esta parte de suma importancia, poner a consideración del compañero Gobernador, la existencia de una grave situación de incertidumbre en el ámbito de la empresa San Francisco S.A. de la provincia de La Rioja, y el personal en relación de dependencia del servicio de transporte de pasajeros para la misma.-

Que se ha tomado conocimiento por medio de comunicaciones periodísticas, de la concreción de la finalización del contrato de prestación de servicios por la empresa referida anteriormente, por lo que se llevaría adelante un proceso licitatorio público y/o la prestación del servicio por el estado municipal y/o provincial, de manera directa o indirecta mediante la creación de una entidad jurídica con ese objeto y a ese fin, para la realización de los servicios mencionados.

Por ello, y a tenor de un criterio sobradamente sostenido a lo largo de décadas por esta entidad sindical, resulta indispensable hacer saber a todas las partes intervinientes en un eventual proceso licitatorio a llevarse adelante, o aquellas que pretendan aspirar a la realización de los servicios que prestaba la empresa San Francisco SA, que deberá exigirse como requisito excluyente (condición insalvable), para la adjudicación de los servicios, que se efectivice la absorción de la totalidad del personal que prestara servicios para las contratistas, tanto en lo relativo al personal que presta servicios para el recorrido, como administrativos, maestranza y técnica de la misma.

En sintonia a lo anteriormente dicho, hemos recibido de sus expresiones Sr. Gobernador, que los trabajadores se pueden quedar tranquilos (mas en esta epoca de pandemia que atravezamos), que no se quedarán sin trabajo.

Sin perjuicio de ello, distinta fue la postura de vuestra Subsecretaria de Transporte, que de un tiempo a esta parte, ha manifestado la incorporación a la nueva empresa que asumirá los servicios, de solamente 80 de los 178 trabajadores de San Francisco SA. Priorizando los mas jovenes, los locales, y aquellos que puedan calificar en un examen preocupacional, siendo incorporados con antigüedad cero, y sin determinarse el Convenio Colectivo aplicable a los mismos.

Que asimismo, es prioridad de esta entidad sindical que represento, que debe conservarse necesariamente a todas las relaciones laborales vigentes, las mismas características que detentan con su actual empleadora, garantizándoseles todos los derechos individuales y/o colectivos que poseen al momento del traspaso, conservando aún los derechos adquiridos a través de los usos y costumbres de empresa, y lo que huelga decir, la ratificación de estar contemplados bajo el convenio colectivo de trabajo 460/73 que rige la actividad en esa jurisdicción.

Que la posición de esta entidad sindical, lejos está de pretender entrometerse en la organización empresarial, los requerimientos y/o formalidades, ni mucho menos en vuestra administración provincial para el gerenciamiento de relaciones de poder concedente, muy por el contrario, lo que se pretende es expresar claramente a todos los integrantes del proceso llevado adelante, y en todo conforme a las reglas del buena fe que rigen la negociación colectiva, cuáles serán las condiciones que de ningún modo, serán transables y/u objeto de renuncia por parte de la representación de los trabajadores tutelados.

Por ello es que reconociendo el valor estratégico de la actividad, y en la pretensión de ejercitar los derechos de los cuales resultamos titulares, sin generar perjuicios innecesarios a la operación empresaria y/o estatal en la jurisdicción de La Rioja, priorizando la paz social, solicitamos se ponga en conocimiento a todos los actoresintervinientes en el referido proceso, para promover una pronta solución al planteo expuesto.

III).- Que en virtud de ello, y en razón de tratarse de un sector que percibe mensualmente aportes del estado nacional, al cual le rigen deberes normativos y regulatorios, previos al traslado a las jurisdicciones provinciales y/o municipales de los subsidios y/o compensaciones, y ante el potencial incumplimiento a condiciones esenciales para la percepción de los referidos recursos, requerimos de vuestra honorabilidad, que se tome conocimiento de la presente controversia, y esté al tanto de la referida situación, e intervenga a sus efectos.

IV).- Que bien se sabe, tiene dispuesto el Artículo 128 de la CONSTITUCION NACIONAL: 'Los gobernadores de provincia son agentes naturales del Gobierno Federal para hacer cumplir la Constitución y las leyes de la Nación', resulta entonces consecuencia necesaria que sean las jurisdicciones locales a través de ellos, las que efectúen las determinaciones correspondientes, se sometan a los parámetros tanto normativos como convencionales, o los que estarán sujetas las relaciones individuales y colectivas de trabajo, conforma a las pautas que determine la Secretaria de Gestión del Transporte dependiente del Ministerio de Transporte, o los que surgieren de los convenios que con autoridades locales ésta pudiere celebrar.

Que deberán las partes de cualquier proceso licitatorio y/o expropiatorio, tener presente cuales son aquellas condiciones de acceso y mantenimiento de las acreencias (Cuestiones que aparentemente desconoce la Sra Subsecretaria de la cartera de Transporte en la Provincia de La Rioja).

Ya que para acceder y mantener el derecho a la percepción de los bienes fideicomitidos conforme al régimen de distribución y a los procedimientos establecidos en las distintas resoluciones del Ministerio de Transporte de la Nación, cada beneficiario deberá:

a) Ser permisionario del servicio público de transporte por automotor de pasajeros y en el caso de empresas sujetas a Jurisdicción Provincial o Municipal, deberán contar con autorización de la autoridad local pertinente.

b) Que la antigüedad de todos los vehículos que componen el parque móvil habilitado de la empresa sea igual o inferior a aquélla establecida por el Artículo 53 de la Ley No 24.449, de acuerdo con su reglamentación vigente, o la que se dicte en el futuro, en el caso de las jurisdicciones adheridas a dicho ordenamiento.

c) Tener al día todos los seguros exigidos por la normativa vigente.

d) Dar cumplimiento a los términos, condiciones y beneficios derivados del Convenio Colectivo No 460/73 y Actas Complementarias, perteneciente a la actividad laboral del sector del autotransporte de pasajeros de carácter urbano y suburbano, especialmente con relación a la escala salarial, y a los aportes y contribuciones a la obra social de conductores de transporte colectivo de pasajeros, y retenciones de cuota sindical, correspondientes a cada mes.

e) Cumplir el régimen de verificaciones técnicas vigentes en la jurisdicción de que se trate. V).- Por todo ello, solicitamos de esa autoridad provincial, la necesaria intervención a fin de resolver urgentemente la problemática referida anteriormente, asumiendose el compromiso respecto de todo el personal de la denunciada San Francisco SA, manteniendose todas las condiciones y derechos tanto individuales como colectivos que ostentan en la actualidad.

Sin otro particular, saludo a usted atentamente.

Roberto Carlos Fernandez

Secretario General Unión Tranviarios Automotor

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