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Virginia Carmona, Fiscal Federal a cargo de la Fiscalía Federal de La Rioja: En este contexto debe decirse que el amparo es un proceso de excepción reservado para casos de urgencia en que se encuentren prima facie lesionados.
Viernes 17 de Mayo de 2024
17:50 | Viernes 17 de Mayo de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
Ergo, atento lo expresado en el presente dictamen, considero que V.S. resulta competente para el tratamiento de la considero que V.S. resulta competente para el tratamiento de la acción de autos (art. 2 inc. 6º de la ley 48).
Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza del objeto solicito que en caso de considerar V.S. la viabilidad de la acción de amparo pretendida, se proceda escuchar a las partes demandadas en los términos del art. 8 de la Ley 16.986. Así dictamino.
Expte Nro. 4833 / 2024 caratulado: CAMARA OLIVICOLA RIOJANA (COR) Y OTRO c/ SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
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