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La nueva legislación otorga licencias de hasta 180 días para quienes adopten y modifica las condiciones de la licencia por paternidad, fortaleciendo los derechos laborales de los trabajadores.
Viernes 14 de Febrero de 2025
19:01 | Viernes 14 de Febrero de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
En un avance significativo hacia la protección de los derechos laborales en la provincia, la Cámara de Diputados de La Rioja ha sancionado la Ley N° 10.767, que introduce importantes modificaciones en las licencias laborales relacionadas con la adopción. La ley fue aprobada el 5 de diciembre de 2024 y promulgada por el Gobernador Ricardo Quintela el 12 de febrero de 2025.
Con la nueva legislación, se establece que todos los agentes tendrán derecho a una licencia de 180 días a partir de la otorgación de la guarda con fines de adopción de niños, niñas o adolescentes de hasta 18 años. Esta licencia será acreditada mediante una certificación expedida por la autoridad judicial competente, siempre que se hayan iniciado los trámites de adopción.

Además, se modifica la Licencia por Paternidad, que ahora será de 20 días corridos a partir del nacimiento del hijo o de la notificación de la guarda, y de 10 días antes de la fecha prevista de nacimiento. En caso de que el parto se adelante, los días no utilizados se sumarán a la licencia posterior.
Esta iniciativa busca no solo fortalecer los derechos de los trabajadores en la provincia, sino también promover un entorno más equitativo y favorable para las familias que optan por la adopción. La promulgación de la Ley N° 10.767 marca un paso importante hacia la igualdad de derechos en el ámbito laboral y familiar en La Rioja.
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