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ANMAT prohíbe la comercialización de productos ilegales por falta de registros sanitarios

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió disposiciones que vetan la venta de suplementos dietarios, cosméticos y alimentos por incumplimientos normativos y falsificación de registros.

Martes 29 de Julio de 2025

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11:02 | Martes 29 de Julio de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La ANMAT oficializó la prohibición de comercialización de diversos productos en todo el territorio argentino, tras detectar irregularidades en su registro, rotulado y autorización sanitaria. La medida, publicada en el Boletín Oficial, abarca desde suplementos dietarios hasta productos de higiene personal y alimentos, en el marco de disposiciones que buscan proteger la salud pública.

Entre los productos afectados se encuentra el aceite de oliva marca SOMA, elaborado presuntamente por SOMA SA en Córdoba. La investigación reveló que los registros exhibidos en el rótulo eran falsos y que el producto no podía ser identificado como elaborado en un establecimiento habilitado. Por ello, la Disposición 5433/2025 prohíbe su elaboración, fraccionamiento y comercialización en cualquier presentación, lote o fecha de vencimiento.

Asimismo, se prohibió el suplemento dietario “DOPA MUCUNA, NOW Brain Support” de origen estadounidense, por carecer de autorización para su importación y venta en Argentina. La Disposición 5432/2025 se fundamenta en la falta de antecedentes legales del producto y en su promoción a través de plataformas digitales, lo que representa un riesgo sanitario.

También se vetó un colorante alimentario para chocolate amarillo de la marca Top Class, etiquetado como Industria Argentina, por presentar registros inexistentes. ANMAT concluyó que el producto no puede ser identificado como elaborado en un establecimiento habilitado, lo que lo convierte en ilegal según el Código Alimentario Argentino.

Por último, la Disposición 5297/2025 alcanza a tres productos cosméticos y de higiene personal: el gel criógeno CELUVERA, el aceite FENOGREC y la crema ALIDOL. Estos artículos eran comercializados por la firma ALGAIBUZ sin contar con registros sanitarios válidos. La denuncia fue respaldada por ALGABO S.A., que negó haber participado en su elaboración o distribución. La prohibición se basa en la Ley 16.463, que impide la circulación de productos impuros o ilegítimos.

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