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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó la prohibición de uso, comercialización y distribución de productos de tres marcas por no cumplir con la normativa vigente.
Miércoles 06 de Agosto de 2025
10:19 | Miércoles 06 de Agosto de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La ANMAT dispuso este miércoles, mediante varias disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la prohibición de más de 70 productos cosméticos, dentales y aromatizantes que se comercializaban en el país sin contar con la debida inscripción sanitaria. Las marcas involucradas son “Evolution Cosmetics Hair”, “Carbon Coco” y “La Bonne Vie”, cuyos productos fueron detectados en operativos de control y a través de plataformas digitales, sin respaldo legal ni autorización del organismo regulador.
La Disposición 5656/2025 afecta a todos los productos capilares de la marca “Evolution Cosmetics Hair”, incluyendo keratinas, botox capilar, protectores térmicos, aceites, mascarillas y shampoos. La investigación se inició tras un procedimiento de control en la provincia de Córdoba, donde se constató la venta de estos artículos en locales comerciales sin inscripción sanitaria. Además, se detectó su promoción en redes sociales, lo que motivó la intervención del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad.
Por su parte, la Disposición 5661/2025 prohíbe los productos dentales y cosméticos de la marca “Carbon Coco”, entre ellos blanqueadores dentales con sabores (coco, menta, limón y frutilla), enjuagues bucales con carbón activado y mascarillas faciales. Estos productos no figuran en la base de datos oficial de cosméticos inscriptos y, en algunos casos, presentaban inscripciones sanitarias falsas vinculadas a una empresa que negó cualquier relación con su elaboración.
Finalmente, la Disposición 5662/2025 alcanza a la marca “La Bonne Vie”, dedicada a la venta de aromatizantes de ambientes y textiles, difusores y sanitizantes. La ANMAT comprobó que los datos de registro impresos en los productos no correspondían a ningún establecimiento habilitado ni a trámites válidos, lo que derivó en la prohibición total de su comercialización y en la apertura de un sumario sanitario.
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