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Se resolvió el sobreseimiento de un hombre en relación a la supuesta autoría de los delitos de amenazas sin que la formación del presente proceso afecte el buen nombre y honor del que gozaba el imputado.
Viernes 26 de Abril de 2024
07:41 | Viernes 26 de Abril de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N°2, en feria judicial, a cargo de la jueza Dra. Gisela Flamini, resolvió el sobreseimiento del imputado Jorge D. T. M. en relación a la supuesta autoría de los delitos de amenazas sin que la formación del presente proceso afecte el buen nombre y honor del que gozaba el imputado.
El hecho que se le imputaba surge de la denuncia realizada por su mujer en ese momento, con quien mantenía una relación sentimental desde hace 30 años y desde hacía 24 años se encontraban casados. La denunciante encuentra en el celular del denunciado fotos del mismo con una mujer abrazándose y besándose, además de videos teniendo relaciones sexuales con otra mujer. Por lo que, la esposa lo confronta y comenzaron a discutir, y asegura que el imputado se acercó amenazándola.
Pero de la defensa material del imputado surgió que, si bien puede abstenerse a declarar por ser una garantía constitucional, con la presencia de su abogado defensor, el denunciado manifestó su voluntad de declarar negando las amenazas, las cuales no fueron reales y pasado el tiempo, según expresó ella se fue dando cuenta que las imágenes y acusaciones fueron armadas para menoscabarlo laboral y familiarmente.
En virtud de la prueba recolectada y recabada hasta esta instancia, como las declaraciones de ambas partes, o el informe de la Secretaria de la Mujer que corrobora la versión del imputado, y que la denunciante realizó la presentación por estar cansada del escrache, que venía de sufrir por el hostigamiento hacia ella y su familia por parte de otras mujeres en redes sociales y mensajes hacia su marido.
Por lo que, el informe señala que el denunciado nunca fue violento con ella y ambos afirman estar juntos en una relación normal y armónica al día de la fecha.
Conforme a ello, la Magistrada procedió al dictado de una resolución sobreseedora bajo el necesario grado de certeza negativo ya que, por lo expuesto, no está acreditado fehacientemente que el hecho denunciado, haya sido cometido por el imputado.
Finalmente, el juzgado libró comunicación al Jefe del área donde trabaja el denunciado, a fin de que tome conocimiento y registre que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que gozaban el imputado. Asimismo, se informó al registro de Reincidencia, a los efectos de informar el sobreseimiento.
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