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A más de tres años del crimen de Matías Oroño, la Justicia encontró culpable a un soldadito narco y absolvió al presunto instigador del homicidio.
Jueves 30 de Enero de 2025
09:12 | Jueves 30 de Enero de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El juicio por el crimen de Matías Oroño, un joven de 25 años con problemas de adicción a la cocaína, ocurrido el 18 de septiembre de 2021 en el barrio Stella Maris, en Rosario, llegó a su fin, luego de que un tribunal condenara a Fernando “Nando” Lagrú a cumplir una pena de 21 años de prisión por haber sido encontrado culpable de haber disparado contra la víctima.
Al momento del asesinato, Oroño era un joven de 25 años que soñaba con ser futbolista profesional, pero que la adicción paralela que había desarrollado por la cocaína terminó por truncar su carrera deportiva. “Mi hermano pudo haber sido un buen jugador de fútbol, pero la droga lo perdió”, contó la hermana del joven, al señalar que, antes de haber asesinado, “hacía ocho meses que estaba en rehabilitación”.
Luego de la investigación que fue encabezada por la fiscal Georgina Pairola, dos personas llegaron acusadas de haber sido parte del crimen del joven. Como autor material del homicidio, es decir, por haber efectuado los disparos que mataron al joven, fue acusado Fernando “Nando” Lagrú, un hombre que era conocido por sus vínculos en el negocio narco en el barrio, mientras que Pablo Soto, fue absuelto tras haber sido procesado como el presunto instigador del crimen.
Según la información publicada en Rosario3, Oroño había acudido esa noche a una “transera” sin dinero, con la intención de que le fiaran una dosis. Los testigos señalaron que, tras negarle la droga, llamaron a quienes protegían el punto de venta. Minutos después, dos hombres en moto lo interceptaron y le exigieron que pagara su deuda.
“‘Vos pagá lo que debés y dejate de joder’, le dijeron, y le pegaron cinco balazos”, relató la hermana de la víctima en el juicio. Asimismo, se reconstruyó que el joven llegó a correr dos cuadras hasta que se desplomó cerca de su vivienda. Una vez que lo encontraron, fue trasladado al Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (HECA), pero el personal médico no pudo hacer nada para salvarle la vida.
Durante el juicio, la fiscal reconstruyó lo ocurrido el día del crimen. Según la acusación, Lisandro Vega –ya condenado a 12 años de prisión como partícipe primario– conducía la motocicleta desde la que Lagrú efectuó los disparos. Además, se determinó que el crimen estuvo motivado por una deuda de 500 pesos que Oroño tenía con Soto, encargado del punto de venta de drogas en Acevedo al 1200 bis.
A lo largo del proceso de investigación, Pairola identificó y condenó a una mujer llamada Patricia Villarreal, pareja de Soto, quien se encontraba relacionada con el búnker de drogas. Asimismo, se estableció que había sido la persona que amenazó a Oroño para que saldara la deuda antes de que fuera ejecutado.
La participación de Villarreal fue clave para la investigadora, debido a que la mujer cumplió el rol de avisarle a Soto sobre la presencia de Oroño en el lugar. A partir de esto, el presunto instigador habría ordenado a los soldaditos Lagrú y Vega que fueran en busca del joven y lo asesinaran.
A pesar de que los jueces determinaron absolver a Soto por la falta de pruebas concluyentes, el acusado fue condenado a 3 años y 8 meses de prisión por el delito de amenazas coactivas en contra de la familia de Oroño. Por este hecho, Soto fue declarado reincidente y actualmente le restan cinco meses para cumplir su pena.
Según la causa, el 28 de agosto de 2021, 20 días antes del crimen, se presentó en la casa familiar y amenazó a una de sus hermanas: “Tu mamá quiere llamar a la policía y, si ella llama a la policía, yo hago desaparecer a tu hermano”.
Además de la condena por el homicidio, Lagrú, recibió una pena adicional por portación ilegal de armas. La Agencia de Investigación Criminal (AIC) incautó en su poder una pistola Bersa Thunder .40 con 13 municiones, además de dos motocicletas robadas. Fue detenido el 22 de diciembre de 2021 en Franklin al 7900.
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