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La Justicia Federal intima a Rioja Vial S.A.U. por deudas con ARCA

El Juzgado Federal de La Rioja ordenó la intimación de pago en dos ejecuciones fiscales por montos de capital que superan los 239 millones de pesos y 81 millones de pesos, respectivamente.

Miércoles 04 de Marzo de 2026

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11:17 | Miércoles 04 de Marzo de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

 Ante el eventual incumplimiento de pago, el magistrado dispuso trabar un embargo general sobre las cuentas bancarias de la empresa.

El Juez Federal Daniel Herrera Piedrabuena, titular del Juzgado Federal de La Rioja, hizo lugar a dos demandas de ejecución fiscal promovidas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.) en contra de la empresa RIOJA VIAL S. A. U.. Las resoluciones judiciales, firmadas digitalmente el 2 de marzo de 2026, ordenan intimar al pago a la empresa bajo el apercibimiento de avanzar sobre su patrimonio.

De acuerdo con los documentos judiciales, las acciones impulsadas por el organismo recaudador se dividen en dos causas:

  • En el expediente 5462/2026, se exige el pago de la suma de $ 239.447.468,44 en concepto de capital. A este monto se le adiciona un 15% estimado de forma provisoria para responder por intereses y costas del juicio.

 

  • En el expediente 3961/2026, el capital reclamado asciende a $ 81.303.842,19, sumado también a un 15% provisorio por los intereses y costas derivados del proceso judicial.

La Justicia Federal otorgó a la empresa un plazo de CINCO (5) días para abonar la deuda u oponer las excepciones previstas por la ley. Asimismo, requirió que Rioja Vial S.A.U. constituya domicilio legal y electrónico en ese mismo período de tiempo.

Las resoluciones son contundentes respecto a las medidas a tomar si no se regulariza la situación. Diligenciado el mandamiento y ante la falta de pago, el tribunal ordenó que se trabe un embargo general sobre los fondos, valores, cuentas corrientes, cajas de ahorro y plazos fijos de los que la demandada resulte titular en entidades financieras. La única excepción a esta medida cautelar recae sobre las cajas de seguridad, ya que la Justicia consideró prematuro su embargo.

Finalmente, las sentencias establecen que, de resultar positivo el embargo, los fondos retenidos deberán ser transferidos a una cuenta judicial del Banco de la Nación Argentina Sucursal La Rioja, quedando a la orden del Juzgado Federal interviniente.

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