Una sentencia de la Cámara Cuarta en lo Civil hizo lugar a una demanda colectiva de ahorristas. El fallo dispuso ajustar las cuotas por inflación, reintegrar los importes cobrados en exceso y aplicar un resarcimiento económico a favor de los consumid
19:50 | Lunes 06 de Julio de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Justicia de La Rioja emitió una sentencia que marca un precedente en los reclamos vinculados a los planes de ahorro, al hacer lugar a una acción colectiva impulsada por un grupo de suscriptores contra una administradora de planes para fines determinados. El fallo concluyó que la empresa incumplió los deberes de información y protección al consumidor, por lo que ordenó modificar el mecanismo utilizado para actualizar las cuotas.
La resolución fue dictada por la jueza Ana Carla Menem, a cargo de la Sala Unipersonal N.º 7 de la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial.
El planteo de los demandantes se centró en los fuertes incrementos registrados desde 2018 en la denominada "cuota pura", al considerar que los aumentos basados en el valor de los vehículos resultaban excesivos y afectaban seriamente la capacidad económica de los suscriptores.
En los fundamentos del fallo, la magistrada señaló que este tipo de contratos se encuentra alcanzado por las normas de protección al consumidor y sostuvo que la administradora debía actuar con transparencia, buena fe y resguardar los intereses de los ahorristas.
Uno de los elementos clave para la decisión fue la pericia contable incorporada al expediente, que determinó que las cuotas evolucionaron por encima de la inflación, del tipo de cambio y de la variación salarial. El informe también advirtió que numerosos suscriptores debían destinar más de la mitad de sus ingresos al pago de las cuotas.
Frente a esa situación, la Justicia dispuso que las cuotas sean recalculadas utilizando como referencia la inflación acumulada desde 2018, dejando de lado el sistema basado en el precio de lista de los vehículos. Además, ordenó que las sumas abonadas en exceso sean restituidas o compensadas en cuotas futuras.
La sentencia también obliga a la empresa a ofrecer un nuevo esquema de refinanciación y a informar a los integrantes de cada grupo de ahorro sobre el estado de sus contratos y las opciones disponibles para quienes decidan desvincularse del sistema.
Como parte de la condena, la jueza aplicó una sanción por daño punitivo y estableció que la administradora deberá abonar $2 millones a cada uno de los consumidores que integran la demanda, además de los intereses correspondientes.
Por su alcance, la resolución se convierte en un antecedente de relevancia en materia de defensa de los consumidores y podría ser tomada como referencia en otros litigios relacionados con planes de ahorro en distintas provincias.