Consideran que la corte suprema debe rechazar el pedido de impugnación de las elecciones en Formosa
LA RIOJA-. El abogado constitucionalista, Domingo Rondina aclaró que la constitución provincial de Formosa lo permite y consideró que no viola el principio republicano, porque al haber elecciones, asegura la posibilidad de alternancia de poder.
A partir de la presentación de los diputados de Juntos por el Cambio, quienes pidieron la impugnación de las elecciones en Formosa, Multiplataforma Fénix dialogó con el abogado constitucionalista, Domingo Rondina, quien pese a manifestarse en contra de las reelecciones indefinidas, manifestó una visión contraria a la presentación.
“A mí no me gustan las reelecciones indefinidas, porque deterioran el poder”, aclaró y remarcó que “es algo que no solo hace menos efectivo el trabajo del ejecutivo electo, sino que también las mismas personas y el servicio que brindan”.
Aclarado ello, explicó que “eso no quiere decir que las constituciones que las permiten, sean ilícitas. Si la constitución provincial lo permite, es legítima”.
En ese marco, señaló que “supongo que la corte va a rechazar la demanda, por estas mismas razones”. “Si la provincia estableció que sus autoridades pueden ser reelegidas indefinidamente, no debe intervenir la corte”, agregó y diferenció del caso de San Juan y Tucumán: “es distinto, porque allí había algunas trampas que burlaban sus propias constituciones. En el caso de Formosa la cláusula es muy clara y lo permite”.
Al respecto, consideró que “la alternancia es la periodicidad, y al haber elecciones, hay periodicidad”. “No es cierto que si o si tenga que ser otra persona que gane la elección, no necesariamente tiene que ser otra persona”.
En ese contexto, manifestó que “la corte no puede decir eso sobre las provincias”, y criticó la intromisión del poder judicial en estas cuestiones: “estos cuatro señores no pueden decidir que es mejor para cada provincia, ni ser independientes de la constitución”.