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Miércoles 08 de Enero del 2025
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Nacionales

Los empleados estatales deberán seguir negociando sus salarios en base al Presupuesto 2023

La prórroga de las pautas del gobierno de Javier Milei es hasta el 31 de diciembre de 2025.

Martes 07 de Enero del 2025

El Gobierno nacional extendió hasta el 31 de diciembre de 2025 los lineamientos fijados para negociar los salarios en el Sector Público Nacional, por lo que los empleados estatales deberán seguir negociando sus salarios en base al Presupuesto 2023.

Los parámetros para la negociación salarial de los empleados estatales habían sido establecidos, por la administración de Javier Milei, en febrero del año pasado y estaban vigentes hasta el pasado 31 de diciembre de 2024, pero con la prolongación dispuesta mediante la Decisión Administrativa 1/2025, publicada en el Boletín Oficial, seguirán rigiendo hasta finales del actual calendario.

La prórroga de la medida destinada a “optimizar los recursos del Estado Nacional y contar con pautas uniformes de negociación salarial” se debe a que el Ejecutivo consideró que, junto a otras iniciativas, marcó “un camino de reducción del gasto público sin perder el objetivo de optimizar los recursos y lograr un accionar más eficiente del Estado Nacional”.

En ese sentido, sostuvo que “resulta indispensable seguir por el camino trazado y prorrogar los lineamientos fijados, manteniendo durante el Ejercicio 2025 parámetros homogéneos para la negociación de salarios dentro del Sector Público Nacional que se adecuen a los objetivos mencionados y garanticen la equidad salarial”.

Entre otras pautas, se establece que las dependencias de la administración pública nacional deben negociar los salarios de acuerdo al presupuesto disponible, que por segundo año consecutivo fue prorrogado, por lo que seguirán siendo regidos por la ley de leyes de 2023.  

Lineamientos prorrogados

Condiciones de trabajo y retribuciones: cuando el personal se encuentre encuadrado en Convenciones Colectivas de Trabajo deberán respetar los procedimientos del marco jurídico que en cada caso corresponda y sólo podrán modificarse las condiciones de trabajo y/o actualizar las retribuciones de su personal mediante el régimen paritario que les resulte de aplicación. 

A tal efecto será condición indispensable la participación de todos los actores colectivos que correspondan, incluyendo la previa intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.

Actualización salarial: el resultado de los procesos de actualización salarial para el personal del Sector Público Nacional en todos los casos deberá estar encuadrado en el marco de las previsiones presupuestarias vigentes aprobadas mediante la Ley N° 27.701.

Paritaria general: las Jurisdicciones, Entidades y Organismos del Poder Ejecutivo Nacional, ante la necesidad de actualizar las retribuciones de su personal deberán observar los criterios que resulten de las Negociaciones Colectivas que responden a la paritaria general encuadrada en la Ley N° 24.185. Lo dispuesto será de aplicación también para los acuerdos que se celebren en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) para el Sector Público Nacional.

 

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