Sociedad
En la actualidad, el actual Código penaliza la discriminación por razones de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social y económica.
Miércoles 27 de Mayo de 2020
17:47 | Miércoles 27 de Mayo de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
Los legisladores porteños debatirán mañana, en sesión, un proyecto para incluir dentro del Código de Contravenciones sanciones a los actos de discriminación y de hostigamiento contra el personal de las áreas de la salud, la seguridad y la justicia que trabajan en contacto con pacientes con coronavirus.
La iniciativa fue elaborada por el Ejecutivo y formará parte del temario previsto para la sesión, que comenzará a las 11.30, a través de una modalidad mixta, con diputados que participarán de manera virtual y presencial.
Puntualmente, el proyecto plantea dos modificaciones al Código que reúne las contravenciones, que son aquellas conductas nocivas contra las personas o los bienes particulares y colectivos, al evaluar que desde el inicio de la pandemia por la Covid-19 se "observaron comportamientos disvaliosos por parte de algunos ciudadanos".
"La discriminación que sufre personal de la salud, personal policial y judicial, en razón de estar en contacto con pacientes infectados del mencionado virus, injuria gravemente su dignidad y evidencia la falta de solidaridad ciudadana por parte de quienes, en lugar de reconocer la grandeza con la que aquellos enfrentan esta dura realidad, los ofenden y aíslan socialmente por esa mera circunstancia", sostiene el proyecto en debate.
Las situaciones aludidas en la propuesta legislativa fueron denunciadas en las últimas semanas, sobre todo, por trabajadores de la salud, a quienes, por ejemplo, los vecinos de edificio hostigaban y en algunos casos amenazaban para que dejaran su domicilio por su condición laboral, la cual los mantenía en contacto con personas enfermas de coronavirus.
El planteo contempla sancionar con multas de hasta $17.000 o penas de hasta diez días de trabajo de utilidad pública a quien discrimine a personas que hayan "tomado contacto durante el desempeño de su función laboral con personas infectadas o casos denominados sospechosos de alguna enfermedad infecto contagiosa, o por cualquier otra circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo".
Por otro lado, impulsa que esos casos también sean considerados como agravantes a las contravenciones que castigan las conductas de hostigamiento, maltrato e intimidación.
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