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El Gobernador Quintela vetó el régimen de provisión gratuita de productos de gestión menstrual

El gobernador Quintela vetó la ley que establece e implementa un régimen de provisión gratuita de productos de gestión menstrual para toda la población menstruante en la provincia. Se trata de un proyecto presentado por la diputada Sylvia Torres.

Lunes 06 de Julio de 2020

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19:29 | Lunes 06 de Julio de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

En ese sentido, explicó que “habiendo tomado intervención el Órgano Asesor de Gobierno, estima que resultan de insoslayable aplicación las disposiciones del segundo párrafo del Artículo 75° de la Constitución Provincial que expresamente establece “ninguna ley que ordene o autorice gastos y carezca de recursos especiales propios podrá ser cumplida mientras la erogación no esté incluida en el presupuesto”, no encontrándose la norma en estudio en virtud de ello, en condiciones de ser promulgada, por advertirse invalidados aspectos esenciales que imposibilitan su viabilidad”.

DECRETO N° 743

La Rioja, 26 de junio de 2020

Visto: El Expediente Código Al N° 00205-4/20, mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley sancionada N° 10.260; y

Considerando:

Que la norma referenciada en los vistos del presente acto administrativo, tiene por objeto implementar un Régimen de Provisión Gratuita de Productos de Gestión Menstrual, en la provincia de La Rioja.

Que solicitada la intervención de competencia del Ministerio de Salud Pública, dicho organismo informa que las obligaciones impuestas por la norma al atribuirle el carácter de Autoridad de Aplicación, desvirtúan su ámbito de competencia material en lo atinente al deber de asistir en la planificación, aplicación y control de gestión de la política de salud (V. Art. 20 -Ley N° 8.229), excediendo sus recursos económicos, financieros, patrimoniales y humanos.

En este sentido se señala que el ejercicio de tal competencia requiere la previsión de una organización logística y laboral que, en un tiempo prudencial, permita conocer los indicadores de la temática y coordinar las intervenciones de los profesionales especializados en el área.

La ausencia de tales indicadores, impide determinar los recursos económicos y humanos necesarios para afrontar los costos que la aplicación de ley en análisis acarrea, e imposibilita al Ministerio, según se afirma, consentir las obligaciones y responsabilidades que le impone la norma en su carácter de Autoridad de Aplicación (V. Artículos
5° y 6° de la Ley N° 10.260).

Que, habiendo tomado intervención el Órgano Asesor de Gobierno, estima que resultan de insoslayable aplicación las disposiciones del segundo párrafo del Artículo 75° de la Constitución Provincial que expresamente establece “ninguna ley que ordene o autorice gastos y carezca de recursos especiales propios podrá ser cumplida mientras la erogación no esté incluida en el presupuesto”, no encontrándose la norma en estudio en virtud de ello, en condiciones de ser promulgada, por advertirse invalidados aspectos esenciales que imposibilitan su viabilidad.

Que compartiendo los fundamentos señalados, resulta conveniente proceder al Veto Total de la presente ley.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126° Inc. 1 de la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1°.- Vétase Totalmente la Ley Provincial N° 10.260 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia.

Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Jefe de Gabinete y por el señor Secretario General de la Gobernación.

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.

Quintela, R.C., Gobernador – Molina, A.E., S.G.G. -Luna, J.J., J.G.

LEY Nº 10.260
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1°.- Establézcase e impleméntese un régimen de provisión gratuita de productos de gestión menstrual para toda la población menstruante, en el ámbito de nuestra Provincia.

Artículo 2°.- A los fines de la presente ley, se consideran productos de gestión menstrual a: toallas higiénicas y tampones, no siendo esta descripción taxativa y quedando a facultad de la autoridad de aplicación el incorporar otros productos, que cumplan el mismo fin, si los considera necesario.

Artículo 3°.- Son fines de la presente ley los siguientes:

a) Reconocer y garantizar el acceso a productos de gestión menstrual de forma gratuita a la población menstruante. Los mismos deberán encontrarse a disposición de aquella que lo requiera sin mediación alguna.

b) Brindar asistencia y capacitación a la mencionada población en cuanto a los cuidados de higiene que se debe tener durante el ciclo menstrual.

c) Asegurar la libre distribución de los elementos en toda la Provincia, respetando las elecciones personales de la población destinataria.

d) Disminuir el índice de ausentismo escolar de niñas y adolescentes por falta de acceso a los productos de gestión menstrual.

e) Generar y coordinar acciones a través de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales que tiendan concientizar sobre preconceptos y estigmas en relación a la menstruación en los ámbitos escolares, con el fin de promover la igualdad de trato entre niñas, niños y adolescentes.

Artículo 4°.- Las destinatarias y/o beneficiarias de la presente ley podrán tener acceso en forma gratuita y efectiva a la cantidad de veinticuatro (24) unidades de productos de gestión menstrual por cada ciclo menstrual.

Artículo 5°.- Será Autoridad de Aplicación el Ministerio de Salud Pública, quien será el encargado de la reglamentación de la presente ley.

Artículo 6°.- Serán funciones de la Autoridad de Aplicación:

a) Asegurar la provisión permanente de productos de gestión menstrual a las destinatarias y/o beneficiarias mencionadas en el Artículo 4° en condiciones de seguridad, salubridad e higiene.

b) Garantizar la accesibilidad gratuita y efectiva a las beneficiarias.

c) Abogar por el cumplimiento de las disposiciones y principios de identidad de género establecidas en la Ley Nacional 26.743.

Artículo 7°.- Créase un registro de provisión de productos de gestión menstrual que será llevado a cabo por toda institución autorizada por el órgano de aplicación, el que tendrán por fin llevar un control acabado de la provisión de los elementos de gestión menstrual a las beneficiarias alcanzadas en la presente ley.

Artículo 8°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 135° Período Legislativo, a cuatro días del mes de junio del año dos mil veinte.

Proyecto presentado por la diputada Sylvia Sonia Torres.

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12 COMENTARIOS

Juancito

| Miércoles 08 de Julio de 2020

Población Menstruante: con eso merece ir a la ONU de plenipotenciaria. Un yan pensado proyecto que discrimina al propio género en sí (deja de lado las mujeres adultas que ya no son parte de la población menstruante). Gratis? Les pagamos para que usen anticonceptivos, les pagamos los condones, les pagamos el mantenimiento de los niños, les pagamos para que se queden en la casa cobrando una pensión por discapacidad...ahora les deberíamos pagar las Ob, el Ibuevanol y demás? Ya tienen 12 dias de no trabajo por el dia menstrual (en clara discriminación hacía los empleados masculinos: secreto manden nota a rr.hh calificando tal situación como desigualdad de condiciones laborales y de género y les dan los 12 dias también). Ahora digo: tanta fafafa de mala calidad consumen que en estos 100 dias han subido NADA PRODUCTIVO? el Boletin Oficial da asco, ni Nigeria tiene algo tan triste, patetico y espantoso de leer cómo el Boletin Oficial. Se rascan, no laburan, solo foto, foto, palabras lindas y chupar bien las medias para sacar algo. Son el cáncer terminal de La Rioja, y nosotros somos los culpables.

Diputada, no podes ser más burra-08/07/20

| Miércoles 08 de Julio de 2020

Presentó proyectos coherentes para el bien común , además de burra , idiota.O queréis justificar tu suculento sueldo.Idiota, estos son los representante del pueblo

Gustavo

| Miércoles 08 de Julio de 2020

Bien Señor Gobernador. Me consta que Usted ayuda a las personas. Pero esta ley en un mamaracho. Con cada supuesto nuevo derecho, hay muchos que tienen que sacar dinero de su bolsillo. Ayer el presidente, dijo que despues de la pandemia, hay que hablar de un nuevo capitalismo. Nuevo capitalismo ?. Posiblemente como el de China, trabajen pero no cuestionen, lo que hacemos. El socialismo ya ha probado que para existir tiene que matar, silenciar a las voces contrarias. Es la ideología que mató 100 millones de personas. Mientras en muchos países muchos, luchan por la libertas, aquí hay algunos argentinos que tratan de suprimir la libertad.

Daniel

| Martes 07 de Julio de 2020

Me parece que el populismo está haciendo estragos en los diputados...me parece que debe se ley que el agua y la luz llegue a todos los hogares...ley de gestión menstrual...ya tienen el día femenino (12 al año) ahora también tampones y toallitas...no le parece Sra. diputada que es como mucho...mañana saque una ley para dar chupetes...todo gratis claro...total no sale ni un centavo de su bolsillo, me gustaría saber si usted saca dinero de sus arcas para hacer algún gesto...TODO CON EL DINERO DEL PUEBLO.

PATO

| Martes 07 de Julio de 2020

Y LAS CHIQUES? DONDE ESTAN PARA RECLAMAR POR LAS MUJERES? O YA NO HAY SORORIDAD! JAJAJJA VAMOS! EL FEMINISMO ES UN VERSO! Y ESTA LLENO DE CLICHES!

Droga

| Martes 07 de Julio de 2020

La droga destruye

Que estupidez

| Martes 07 de Julio de 2020

Esto se discute en la cámara de diputados mientras la provincia y el mundo se cae a pedazos? Este estúpido proyecto esta pensado para cumplir con su "labor" de diputados y/o para currar con alguna empresa de toallitas. Triste ver como no se les cae una idea para sacar adelante a La Rioja. Tristisimo

JUSTO LEYES

| Martes 07 de Julio de 2020

Bien Daniela !con respeto usted dice lo que muchos pensamos!!

Para el de era obvio

| Martes 07 de Julio de 2020

Me gustaria saber en que carajos se relaciona el hecho de vayan a haber muchos embarazos extra en la cuarentena con el hecho de que hecho de que hayan mujeres que no pueden acceder a productos femeninos. Me sorpren de que sean tan desforetados mentales 🤡🤡

Daniela

| Martes 07 de Julio de 2020

Me parece bien que haya vetado esa ley. Sra Dipitada he coincidido con ud en muchos proyectos presentados, la admiro y respeto mucho, pero este proyecto no corresponde, ya es demasiado para las arcas del estado.... Y en definitiva sigue fomentando la msls idea de que a las nuevas generaciones haybque darles todo..... No.... Que se ganen con su trabajo el dinero suficiente para comprarse lo que quieran o necesiten..... Los que pagamos nuestros impuestos decimos basta

hugo

| Martes 07 de Julio de 2020

HAY QUE ESTUDIAR PARA SER DIPUTADO? O SOLO NECESITO COSECHAR VOTOS? - PREGUNTO PORQUE SOY BASTANTE ESTUPIDO Y NECESITO CONSEGUIR UN LABURITO PIOLA Y QUE NO HAGA FALTA PENSAR.

era obvio. LA PRIMERA COSA QUE HACE BIEN EL GOBERNADOR

| Martes 07 de Julio de 2020

HABRA MUCHOS EMBARAZOS EXTRAS EN ESTA CUARENTENA. VAN A NACER MUCHOS BEBES EN DICIEMBRE. REGALAR TOALLITAS ERA UNA LOCURA. HABRIA QUE SANCIONAR A DIPUTAD@S QUE PRESENTAN PROYECTOS DE LEY ESTUPIDOS.

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