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La matrícula de Ana Rosenfeld quedó hoy suspendida por un año. La Cámara Federal rechazó el "recurso extraordinario" contra el Colegio de Abogados
Jueves 31 de Diciembre de 2020
10:57 | Jueves 31 de Diciembre de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La matrícula de la abogada Ana Rosenfeld quedó formalmente suspendida por un año luego de que la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo rechazara el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia que esa profesional interpusiera contra la sanción del Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de la Capital Federal (CPACF) y por el mismo tribunal de alzada por "falta a la ética y violación del secreto profesional" cuando renunció al patrocinio de Juan Darthés en diciembre de 2018.
En el fallo de la Sala IV del martes 29, firmado por los camaristas Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Morán y Rogelio W. Vicenti, se indica que "el recurso es inadmisible, porque los reparos de la recurrente (Ana Rosenfeld) sólo trasuntan su disconformidad con aspectos que, por regla, constituyen materia ajena a la instancia de excepción, pues se vinculan a cuestiones de hecho, prueba y derecho procesal, que han sido resueltas sobre la base de argumentos que no compete al Alto Tribunal revisar".
En la fundamentación del rechazo del recurso extraordinario interpuesto por la abogada de alta exposición en medios, se agrega "que, con relación a la arbitrariedad invocada para acceder a la instancia de excepción, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que si bien a ella le corresponde decidir si existe o no el mencionado supuesto, ello no releva a los órganos judiciales de resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de un caso excepcional, como lo es el de la arbitrariedad" y que por ello, "conviene recordar que esa doctrina no tiene por objeto convertir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un tribunal de tercera instancia ordinaria, sino que procura cubrir casos de carácter excepcional".
Por último, se indica que "el Tribunal resuelve: declarar inadmisible el recurso extraordinario federal, con costas" y, por lo tanto, quedó firme la decisión de la Sala I del Tribunal de Disciplina del CPACF en cuanto impuso una sanción de suspensión por un (1) año en el ejercicio de la profesión a la doctora Ana Mirta Rosenfeld.
El fallo del Colegio de Abogados y su ratificación
En diciembre de 2018, tras conocerse la denuncia por abuso sexual de la actriz Thelma Fardin contra Juan Darthés a quien Rosenfeld patrocinaba en una causa contra Calu Rivero, la abogada decidió renunciar al patrocinio del actor e hizo públicos los motivos de esa decisión.
Sus declaraciones motivaron una denuncia del doctor Francisco Onetto ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de la Capital Federal que la procesó y, en diciembre de 2019, sancionó a Rosenfeld con la suspensión por un año de su matrícula por "falta a la ética y violación del secreto profesional".
El 24 de noviembre pasado, .la Justicia Federal ratificó la suspensión aplicada por el Colegio de Abogados, en una sentencia en la que señaló que "el abogado debe guardar celosamente el secreto profesional, que constituye un derecho y un deber inherente a la profesión y al derecho de defensa por ser depositario del secreto o confidencias del cliente", fueron los argumentos bajo los que desestimaron la apelación de la letrada.
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