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Un hombre fue condenado por abusar sexualmente de sus hijas

La justica declararon culpable a Roberto A. G., en audiencia de juicio abreviado, por el delito de Abuso Sexual Simple Calificado por el Vínculo Dos Hechos Continuados por Tratarse de Dos Víctimas, y condenarlo a prisión de cumplimiento efectivo.

Viernes 26 de Julio de 2024

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16:14 | Viernes 26 de Julio de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, en tribunal conformado por su presidenta Dra. Karina Cabral, y las vocales juezas Edith Agüero y Sara López Douglas; declararon culpable a Roberto A. G., en audiencia de juicio abreviado, por el delito de Abuso Sexual Simple Calificado por el Vínculo Dos Hechos Continuados por Tratarse de Dos Víctimas, y condenarlo a prisión de cumplimiento efectivo.

El hecho que se le imputa al acusado se desprende de los hechos ocurridos en el trascurso de varios años; cuando el imputado, Roberto A. G., agredió sexualmente a sus dos hijas biológicas menores de edad, mediante reiterados abusos de su intimidad, en diferentes ocasiones en que las menores quedaban a solas con su padre, ya sea en algún lugar de la casa, asiento del hogar familiar en la que convivían o en la casa de la abuela paterna. Así en el año 2.016, cuando una de sus hijas, de once años de edad en aquel entonces, mientras jugaba con sus primas y hermanas en su casa sufrió un golpe en el estómago, por lo que con tal excusa el condenado abuso de ella. Luego entre los años 2017 a 2018, un día antes del cumpleaños del imputado, mientras festejaban la despedida de soltera de una tía en la casa de la familia, una de las víctimas se descompuso, perdiendo el conocimiento por lo que se cayó y desmayó, siendo llevada a la habitación matrimonial, donde el imputado usando artimañas abuso de ella. Asimismo, desde el año 2.020 aproximadamente, el imputado continuó agrediendo sexualmente a otra de sus hijas, con tocamientos en sus zonas íntimas. Estas situaciones se repitieron en ocasión del festejo del cumpleaños de quince de una de las víctimas, delante de su hermanita más chica quien se encontraba dormida, diciéndole que no le dijera nada a su madre y que eso no iba a volver a suceder más. Pero esto continuó sucediendo en octubre de 2.021 en ocasión de encontrarse en la casa de su abuela paterna.

Estos hechos forman parte de una serie de circunstancias de la misma naturaleza en la que el condenado realizara en contra de sus hijas en reiteradas ocasiones, hasta que, en el mes de noviembre de 2.021, una de las menores decide contarle a su madre todo lo sufrido, relatando también el padecimiento propio, y de su hermana, por lo que la madre resuelve concurrir a la autoridad policial para formular la denuncia.

Por su parte, se declaró que el presente caso se enmarca como “Violencia en Contra de la Mujer”, de acuerdo a la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer y como abuso sexual infantil y malos tratos en contra de los niños. Asimismo, se ordenó imponer que, durante el término de privación de libertad, del condenado, deberá ser sometido a un tratamiento psicológico continuo y permanente, que le permita erradicar su conducta libidinosa y pedófila para evitar la reiteración de esos hechos en contra de otras menores, debiendo la Jueza de Ejecución Penal, controlar la evolución y progresividad en el mismo.

 

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