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Mediante una resolución de este martes se confirma que esas empresas no podrán cobrar servicios adicionales.
Martes 08 de Octubre de 2024
07:49 | Martes 08 de Octubre de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) publicó este martes una resolución que prohíbe a las distribuidoras de electricidad Edenor y Edesur incluir en sus facturas conceptos que no estén directamente relacionados con el servicio de distribución de energía eléctrica. En consecuencia no podrán incluirse, por ejemplo, las tasas municipales que el Gobierno expuso en las últimas semanas.
La Resolución SIyC N° 267/2024, estipula que los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios deben referirse únicamente al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor. No se podrán incluir cargos o conceptos que no estén relacionados directamente con el servicio prestado. Esto incluye la prohibición de cobrar sumas derivadas de acuerdos locales, como el cobro de la tasa de alumbrado público, que en el pasado fue autorizado en ciertos casos por el ENRE.
"Corresponde dejar sin efecto toda autorización que haya sido otorgada por este ente, en orden a que se incluya en las facturas que emiten Edenor S.A. y Edesur S.A. conceptos a cobrar ajenos a dicho servicio de carácter federal", indica la medida publicada en el Boletín Oficial.
La prohibición se fundamenta según el texto en "el artículo 42 de la Constitución Nacional que establece que los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información fehaciente y veraz".
El ENRE ya notificó a ambas distribuidoras de electricidad, a la Ciudad de Buenos Aires y los municipios de la Provincia de Buenos Aires que se encuentran en el área de concesión de las empresas, sobre estos cambios. Las asociaciones de defensa del usuario y consumidor también están al tanto debido a que la medida ya está vigente.
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