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La máxima instancia judicial del país consideró que el Tribunal Superior de La Rioja actuó con «rigor formal excesivo» al rechazar un recurso de casación. La decisión afectó los derechos de una madre y su hija, quien fue trasladada a vivir con su pad
Jueves 20 de Marzo de 2025
13:38 | Jueves 20 de Marzo de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
En un fallo histórico, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revocó una decisión del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que había declarado inadmisible un recurso de casación presentado por A. D. S. Z., una madre privada de la responsabilidad parental sobre su hija, M. V., menor de edad. La CSJN ordenó que el caso sea revisado por el tribunal provincial, destacando que la decisión anterior había sido tomada con un «rigor formal excesivo» que afectó los derechos de la madre y el interés superior de la niña.
El caso se originó cuando A. D. S. Z. solicitó una medida cautelar para suspender el régimen de contacto entre su hija y el padre, quien fue denunciado por presunto abuso sexual. Sin embargo, la Sala Unipersonal n° 7 de la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de La Rioja rechazó la medida y ordenó el traslado de la niña a la ciudad de La Rioja para que residiera con su padre. Además, impuso una multa diaria a la madre y la privó de la responsabilidad parental sin fecha de levantamiento.
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la madre, argumentando que la decisión de la cámara era un «auto» y no una sentencia definitiva, por lo que no se había agotado la vía recursiva ordinaria. Ante esto, A. D. S. Z. interpuso un recurso extraordinario federal, que fue denegado, lo que llevó a la presentación de un recurso de queja ante la CSJN.
En su fallo, la CSJN señaló que, si bien las cuestiones de admisibilidad de recursos locales son competencia de los tribunales provinciales, existen excepciones cuando se ejerce un rigor formal injustificado que afecta la garantía de defensa en juicio o cuando la decisión causa un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior. En este caso, la corte consideró que la decisión de la cámara riojana implicó una restricción grave y sin límite temporal de los derechos de la madre, con posibles perjuicios irreparables para ella y la niña.
Este fallo refuerza el papel de la CSJN como garante de los derechos fundamentales y su intervención en casos donde se observa un posible abuso de formalismos que afectan el acceso a la justicia. Además, subraya la importancia de considerar el interés superior del niño en decisiones judiciales que impacten en su vida y derechos.
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3 COMENTARIOS
Deja nomas
| Viernes 21 de Marzo de 2025
Eso pasa porque los cargos se cubren por el dedo mágico de algún mandaras,por parentesco,amistad o por saber tocar el bombo y tocar la marchita Vergüenza qué el máximo tribunal de la Nacion llame la atención al máximo tribunal de la provincia por "exceso de formalismo " Vayan a estudiar burros,con perdón del burro
Claudio
| Jueves 20 de Marzo de 2025
Por fin ponen coto a la Sra. Karina del tribunal, que entienda que no todo se puede arreglar. Festejo que se haya respetado los derechos de la madre. Pagotto vaya a aprender derecho de familia. Besitos
Otro...
| Jueves 20 de Marzo de 2025
revés en la justicia, y van... SIGAN VOTANDO PERONCHOS...!!
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