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Milei vetó la ley que destinaba $200.000 millones a la reconstrucción de Bahía Blanca

En el Ejecutivo argumentaron que ya impulsaron el 1° de abril la creación de un fondo de $200.000 millones con esa finalidad desde la órbita de la Agencia Federal de Emergencias, que forma parte del Ministerio de Seguridad.

Martes 24 de Junio de 2025

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09:28 | Martes 24 de Junio de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El Gobierno vetó la ley que crea un fondo de $200.000 millones, para la reconstrucción de Bahía Blanca por las fuertes inundaciones. Se trata de la iniciativa que obtuvo media sanción en el Senado el 7 de mayo y luego fue aprobada el 4 de junio en la Cámara de Diputados con 153 votos afirmativos y 32 negativos.

 

La medida se dispuso a través del decreto 424/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y Bullrich. El Ejecutivo argumentó que luego de la presentación del proyecto del fondo para la reconstrucción de Bahía Blanca “dictó el Decreto N° 238/25”, con este mismo objetivo, y que “implementó las medidas que pretendían ser adoptadas por medio de la sanción como ley del proyecto mencionado”.

 

El texto destacó “que en aquella oportunidad, el Poder Ejecutivo Nacional determinó que ‘dada la urgencia de la situación y los recursos financieros establecidos por la legislación vigente, (resultaba) pertinente dar una respuesta apropiada a una necesidad pública que no (admitía) dilaciones’”.

 

El Gobierno argumentó en el veto de la ley que creaba un fondo de $200.000 millones para reconstruir Bahía Blanca que con el decreto publicado previo a la sanción de la norma “se creó un fondo especial de asistencia directa por la suma de $200.000.000.000 destinado a otorgar un subsidio para los residentes de las viviendas afectadas por las inundaciones acaecidas el 7 de marzo de 2025 en la Ciudad de Bahía Blanca, el cual actualmente es gestionado y administrado por el Ministerio de Seguridad Nacional, en su carácter de Autoridad de Aplicación”.

 

El texto cuestionó que la ley que vetó “no indica cuál ha de ser la fuente de financiamiento para hacer frente a las erogaciones que por medio de él se disponen, requisito necesario de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, que dispone que las leyes que autoricen gastos no previstos en el presupuesto general deben especificar las fuentes de los recursos que las financiarán".

 

Citó además que el veto de leyes es una de las facultades la Presidencia, “que encuentra recepción en los orígenes de nuestro sistema constitucional, el cual previó un mecanismo por el cual el Poder Ejecutivo Nacional pudiera participar del proceso de formación, sanción y promulgación de las leyes”. Planteó que “se ha expresado que la razonabilidad es un requisito esencial de legitimidad que deben observar todos los actos de los poderes públicos, entre cuyas manifestaciones se exige la fundamentación suficiente de la decisión que se adopte para justificar su dictado y los medios para alcanzarla”.

 

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