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Accionistas y gerentes de entidades financieras deberán ajustarse a las nuevas reglas para evitar la compra cruzada entre el mercado oficial y paralelo. La decisión llega luego de un jueves negro para la economía argentina.
Viernes 19 de Septiembre de 2025
10:10 | Viernes 19 de Septiembre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
En medio de la presión financiera y tras habilitar el ingreso de dólares para los freelancers sin restricciones, el Banco Central retomó una norma del cepo cambiario para limitar las operaciones cambiarias de un grupo de personas: a accionistas, gerentes y sus familiares directos.
La norma reinstaura para esos cargos clave en bancos y casas de cambio la “restricción cruzada”, vigente para todos los individuos con el cepo cambiario que rigió hasta mediados de abril, por la que si una persona compraba dólar en el mercado oficial (MULC) no podía acceder a los dólares financieros (MEP o CCL) por 90 días, y viceversa.
La comunicación A8332 del directorio del BCRA apunta a desarmar un “rulo” por el que se compraban dólares “baratos” para venderlos en el otro mercado y hacer una diferencia en pesos.
La decisión de este jueves del Banco Central alcanza a los siguientes sujetos
Accionista que en forma directa o indirecta posea el 5% o más del capital social y/o del total de los votos de los instrumentos con derecho de voto emitidos por una entidad financiera;
Director o autoridad equivalente de una entidad financiera o máximo responsable local de las sucursales de entidades financieras del exterior;
Síndico o integrante del Consejo de Vigilancia de una entidad financiera;
Funcionario con rango de gerente o equivalente o superior de una entidad financiera;
Una persona que encuadre en alguno de los incisos precedentes respecto de otro tipo de entidades autorizadas a operar en cambios;
Cónyuge, conviviente o pariente hasta segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad de las personas comprendidas en los incisos anteriores.
También se establece que “en esos casos, la entidad deberá exigir una declaración jurada, comprometiéndose a no realizar operaciones de dólar MEP/CCL (compra de títulos con liquidación en moneda extranjera) por cuenta propia o de terceros, durante el acceso y por 90 días corridos posteriores”.
Según analistas, la medida busca descomprimir las operaciones en los dólares paralelos, que volvieron a registrar volumen considerable y terminaron el jueves hasta $1564, en el caso del contado con liquidación.
En paralelo, el Banco Central (BCRA) decidió eliminar el límite anual de US$36.000 para ingresar dólares sin liquidar en el mercado oficial para los profesionales que trabajan para el exterior.
La normativa, que se oficializó a través de la Comunicación “A” 8330, entra en vigencia este viernes y, de acuerdo a lo que informó la entidad, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados.
Además, se especificó que los bancos no podrán cobrar comisiones a los freelancers por las acreditaciones de ingresos de divisas del exterior en sus cuentas en moneda extranjera. Esta medida aplica a ingresos por exportación de servicios, fondos propios o ayuda familiar.
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