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Vialidad: los fiscales reclamaron el remate inmediato de los bienes de Máximo, Florencia y Cristina Kirchner

A tres meses de que el tribunal oral ordenó a la ex presidenta y ocho acusados devolver 537 millones de dólares robadas al Estado, Luciani y Mola rechazaron los argumentos de los hijos de la ex presidenta.

Miércoles 15 de Octubre de 2025

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19:14 | Miércoles 15 de Octubre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola reclamaron, una vez más, que el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) avance en la ejecución patrimonial de Cristina Kirchner y los demás condenados, en la causa Vialidad después de que la ex Presidenta y sus hijos, se opusieron a la pérdida de veinte propiedades detalladas por el Ministerio Público Fiscal. En el escrito señalaron que hay una “resistencia” de los acusados por defraudar al Estado y que eso “obliga a activar los mecanismos para ejecutar los embargos” y cubrir $ 685.000 millones.
 
El 15 de julio, el TOF 2 integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, intimó a Cristina Kirchner, Báez, José López, Nelson Periotti y los demás condenados en el caso Vialidad a pagar 684.990.350.137,86 pesos, equivalentes a unos 537 millones de dólares.
 
La cifra corresponde al decomiso que deben afrontar de forma solidaria como consecuencia del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
 
A dicho valor se llegó tras la actualización del monto fijado en la sentencia condenatoria de diciembre de 2022. Para entonces, el daño ocasionado ascendía a 85.000 millones de pesos. Los peritos contables de la Corte Suprema indicaron que el valor actual es de casi 685.000 millones.
 
El plazo impuesto por el Tribunal para el pago del decomiso fue de diez días hábiles; como nadie depositó en la cuenta correspondiente el dinero exigido, se puso en marcha la instancia siguiente, la ejecución patrimonial hasta cubrir los 685.000 millones de pesos.
 
Una decisión importante que tomó el Tribunal fue consolidar el lapso en el que se cometió el delito, lo que como consecuencia despeja qué bienes puede ser alcanzados por el decomiso, es decir aquellos incorporados al patrimonio durante el tiempo que duró la maniobra delictiva, entre 2003 y 2015.
 
En función de esos parámetros, el Ministerio Público Fiscal exigió que veinte propiedades inmuebles de la familia Kirchner sean ejecutadas: hay hoteles, terrenos, casas, complejos de departamentos. Pero Cristina y sus hijos se opusieron al remate de esos inmuebles.
 
Uno de los argumentos centrales se refirió, una vez más, a la supuesta persecución política, bajo los siguientes términos: "lo que se busca no es recuperar activos de la corrupción, sino antes bien castigar simbólicamente a toda una familia por su historia, por su apellido y por su rol en la vida política argentina. Lo que se quiere es estigmatizar a todos los miembros de la familia Kirchner y producir su muerte civil, a partir del despojo de todo su patrimonio, como forma de escarmiento institucional".
 
A la hora de defender el origen de las propiedades que el Ministerio Público Fiscal exige decomisar, el abogado indicó que los inmuebles "fueron adquiridos por sus progenitores a título oneroso, con activos de origen legítimo y a través de operaciones genuinas y lícitas, lo que descarta la posibilidad de definir a estos bienes como el producto o provecho de un delito".
 
Finalmente, se añadió en el escrito que Máximo y Florencia "no han tenido participación alguna, ya sea directa o indirecta, en los hechos por los cuales se dictó sentencia en la causa". Sin embargo, Máximo firmaba cheques de Hotesur.
 
Frente a los planteos formulados por la familia Kirchner y los demás condenados, el TOF 2 pidió la opinión de los fiscales Luciani y Mola.
 
A lo largo de 65 páginas respondieron a todos los rechazos que los condenados interpusieron con el único fin de evitar, la ejecución patrimonial correspondiente hasta cubrir la cifra de 685.000 millones de pesos.
 
“La resistencia de los condenados a devolverle al Estado argentino parte de la defraudación colosal y sistemática que llevaron adelante durante 12 años, además de mostrar su falta de arrepentimiento, constituye una afrenta a la sentencia firme y al principio de igualdad ante la ley. Esto obliga al tribunal a activar los mecanismos necesarios para ejecutar los bienes embargados, hasta cubrir la suma de la defraudación”, sostiene el dictamen al que accedió Clarín.
 
Lo que señalaron los fiscales es que el cumplimiento total de la sentencia condenatoria que el 12 de junio confirmó la Corte Suprema de Justicia, “no puede quedar librado a la buena voluntad de los condenados. Por eso, el incumplimiento liso y llano por parte de estos obliga al Estado a utilizar todos los medios compulsivos que la ley establece para revertir esa situación”. En este sentido es que reclaman la ejecución patrimonial inmediata de todo lo embargado en la causa Vialidad.
 
En el dictamen se explicó que las normas que prevén el decomiso “no operan como compartimentos estancos, sino que se insertan en un ordenamiento que tiene que interpretarse en forma armónica, tal como hizo el tribunal al realizar la intimación para el depósito del decomiso”. Los jueces del TOF 2 entendieron que no debían avanzar en una ejecución de bienes sin pedir la opinión previa de todas las partes involucradas.
 
Al respecto y con una lectura contraria, los fiscales señalaron que cuando se intimó a los condenados a pagar $ 684.990.350.139,86, se sabía como indica la ley qué iba a ocurrir si no depositaban el dinero en el plazo estipulado por el Tribunal.
 
Así lo expusieron los representantes del MPF: “Pues bien, ante el incumplimiento de esa intimación, corresponde avanzar sin más demoras hacia la ejecución del decomiso sobre el dinero de los condenados o, en su defecto, sobre los bienes sustitutos de este”.
 
Ahora -entienden Luciani y Mola- “toca avanzar en la recuperación de los bienes de la defraudación para asignarlos a fines nobles, útiles y públicos. Es decir, para que ahora sí cumplan las finalidades originales: verdaderas inversiones del Estado en rutas, salud, educación, vivienda, jubilaciones, justicia, seguridad, etc”.
 
La medida también cumple otro objetivo: un mensaje de cara a la sociedad, “para desterrar definitivamente la impunidad de los corruptos, es imprescindible que se empleen todos los mecanismos legales tendientes a lograr el recupero de activos provenientes de los delitos, en especial de la gran corrupción”.
 
Finalmente, explicaron que “se trata de reparar los daños provocados a la sociedad y restaurar la confianza en las instituciones públicas luego de 12 años de una corrupción sistemática que socavó la democracia y los derechos humanos de las personas más vulnerables”.
 
La respuesta a la familia Kirchner
Ante el planteo de Cristina, Máximo y Florencia Kirchner que manifestaron que los bienes que pretenden ejecutar desde el Ministerio Público Fiscal, fueron adquirido por el ex Presidente que no fue investigado en dicho expediente, los fiscales indicaron que “cualquier incorporación patrimonial realizada por los condenados en ese intervalo temporal (de mayo de 2003 al 10 de diciembre de 2015, plazo que abarca la maniobra criminal objeto de juzgamiento en su totalidad) debe ser alcanzada por las operaciones ejecutivas del decomiso, sin que resulte atendible realizar fragmentaciones subjetivas en torno a aquello que ha sido juzgado y sentenciado como un hecho defraudatorio único”.
 
En el caso concreto, “es evidente que los bienes adquiridos a nombre de Cristina E. Fernández antes de asumir la presidencia (y aquellos a nombre de Néstor C. Kirchner —en el porcentaje correspondiente a su viuda—), siempre que hayan sido incorporados al patrimonio familiar dentro del lapso mayo 2003-10 de diciembre 2015, deben ser alcanzados por el decomiso”.
 
Asimismo, se remarcó que muchas de las propiedades que se incluyen a criterio de los fiscales en la ejecución patrimonial, exponen un vínculo con Lázaro Báez, también condenado en el caso Vialidad.
 
“En la reciente presentación (de Cristina Kirchner)omitió mencionar a Lázaro Antonio Báez y su conglomerado de empresas como la contraparte en todas y cada una de las operaciones comerciales que los entrelazan”, y recordaron las compra-venta fe propiedades que fueron producto de la maniobra bajo estudio.
 
Asimismo, recordaron que en muchas de las operaciones de adquisición de bienes que la familia Kirchner busca salvar del decomiso, intervino el contador Víctor Manzanares quien “está acusado —y a la espera de la celebración del correspondiente juicio oral y público junto con la Sra. Fernández— de haber dirigido una organización destinada en forma permanente al reciclaje de fondos ilícitos provenientes de la defraudación al Estado nacional mediante la actividad hotelera, a favor de la ex familia presidencial".
 
Con esta información, expusieron los fiscales, “entendemos que los jueces podrán ponderar mejor cuáles fueron los elementos que dieron base a aquel sobreseimiento que aquí trajo a colación el abogado de la Sra. Fernández para intentar evitar que su defendida haga frente a la orden de decomiso firme recaída en autos”.
 
No debe perderse el eje de lo verdaderamente relevante, concluye el dictamen, “Ni esa ni ninguna de las otras causas que invoca el letrado son relevantes a los fines de la normal ejecución del decomiso firme ordenado en este caso. Cabe reiterar una vez más que, en la presente causa, la sentencia firme pasada por autoridad de cosa juzgada ordenó el decomiso sobre una suma de dinero que, por el momento, ya vencido el plazo estipulado a tal fin, no fue oblada por la condenada”.
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