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Condenan a 13 años de prisión a un hombre por abuso sexual y corrupción de menores

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional lo halló culpable de dos hechos de abuso sexual simple agravado y del delito de promoción de la corrupción de menores agravada. La pena será cumplida bajo la modalidad de prisión domiciliaria

Miércoles 08 de Julio de 2026

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22:14 | Miércoles 08 de Julio de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial condenó a F. B. Á. a 13 años de prisión de cumplimiento efectivo, tras encontrarlo penalmente responsable de dos hechos de abuso sexual simple agravado, en concurso real con el delito de promoción de la corrupción de menores agravada.
 
El Tribunal, presidido por la jueza Edith Agüero e integrado por la vocal Karina Cabral, dictó la sentencia luego del juicio oral en el que intervino el Ministerio Público Fiscal, junto con la querella y el Ministerio Público Pupilar, mientras que la defensa estuvo a cargo del Ministerio Público de la Defensa.
 
De acuerdo con el fallo, los hechos tuvieron como víctima a una niña de entre siete y ocho años y ocurrieron durante julio de 2016 en un barrio del norte de la ciudad de La Rioja. Los magistrados consideraron acreditado que el condenado cometió, en dos episodios desarrollados dentro de un mismo contexto, actos que vulneraron la integridad sexual de la menor y que también configuraron el delito de promoción de la corrupción de menores.
 
La sentencia dispuso que el condenado continúe cumpliendo la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, manteniendo las condiciones y controles ya establecidos. Además, la Jueza de Ejecución Penal deberá revisar periódicamente las razones de salud que justifican esa modalidad de cumplimiento para determinar si corresponde su continuidad.
 
El Tribunal también declaró que el caso constituye un hecho de violencia contra una niña, en los términos de la normativa nacional e internacional de protección de los derechos de las mujeres y de la niñez. Asimismo, ordenó que el condenado reciba tratamiento psicológico especializado durante toda la ejecución de la pena, bajo seguimiento judicial.
 
Por último, los jueces establecieron que la víctima, a través de sus representantes legales, deberá ser informada sobre cualquier instancia vinculada a posibles beneficios penitenciarios, como salidas transitorias, libertad condicional o libertad definitiva. También dejaron abierta la posibilidad de imponer restricciones u otras medidas de protección destinadas a resguardar su seguridad.

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