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Impuestos: Milei elimina a partir del 1 de Setiembre las retenciones a cuenta de IVA y Ganancias a pequeños comercios

Será desde el 1 de septiembre. Aplicará a comercios que facturen menos de 10.000 UVAS al mes, unos $11.221.000.

Martes 20 de Agosto de 2024

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18:49 | Martes 20 de Agosto de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Para impulsar el uso de medios de pagos digitales, el gobierno de Javier Milei eliminará desde el 1 de septiembre las retenciones a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias para las ventas de pequeños comercios. Este beneficio aplicará a comercios cuya facturación mensual no supere el equivalente a 10.000 UVAS, lo que al día de hoy representan unos $11.211.000 al mes.

La medida, que había sido incluida desde el Mega DNU publicado por el presidente el último diciembre, se publicará esta semana en el Boletín Oficial como una reglamentación del Paquete Fiscal e implica que se dejarán sin efecto los regímenes de retención desde el mes que viene. Se trata de una decisión esperada tanto en los comercios más chicos como en el sector de medios de pago.

En su cuenta de X, el propio Milei festejó el avance en esta materia. "Cumpliendo la palabra" escribió y citó un tuit del Ministro de Economía, Luis Caputo, que anticipaba: "Éste es el primer paso de una serie de medidas que reducirán significativamente el costo argentino y que iremos anunciando en los próximos 30 días":

Esta eliminación "representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina" y "permitirá fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos", según explicó el Ministerio de Economía.

"También permite avanzar en los objetivos del Gobierno e impulsar la actividad económica y fomentar la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía", agregaron en el Palacio de Hacienda.

Asimismo, la Nación convocará a las provincias a que se adhieran a este régimen y eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida.

En la reglamentación del Paquete Fiscal, Economía ampliará los beneficios al sector privado comprendidos en la norma -votada junto a la Ley Bases- y definió que ya no habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago, se comunicó oficialmente.

¿Cómo es la situación hasta ahora?

El artículo 102 del Paquete Fiscal definía que estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs), es decir con una facturación que al día de hoy no supere los $11.221.000 al mes.

Hasta ahora, el Régimen de retención de Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias está definido por AFIP por la Resolución General 4622/2019.

Allí se señala que serán plausibles de retenciones/percepciones se aplican para:

- Responsables inscriptos

- Adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que realicen operaciones por:

a) iguales o superiores a la cantidad de DIEZ (10) al mes

b) monto total resulte igual o superior a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-)

De esta forma, el nuevo piso de aplicación del régimen implica un aumento de 51,5 veces respecto de la base actual.

 

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