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Solange Musse: la querella solicitará que los funcionarios sean juzgados por privación ilegal de la libertad

Carlos Nayi se lo confirmó a la agencia Noticias Argentinas. Eduardo Andrada y Anahí Morales están acusados por abuso de autoridad.

Jueves 04 de Septiembre de 2025

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20:19 | Jueves 04 de Septiembre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El abogado de la familia de Solange Musse, la mujer de 35 años que falleció de cáncer de mama durante la pandemia de coronavirus en la ciudad cordobesa de Alta Gracia, señaló que pedirá que se juzgue a los funcionarios por privación ilegítima de la libertad.
 
Carlos Nayi dialogó con la agencia Noticias Argentinas y reiteró que pedirá una ampliación de la calificación legal contra el médico Eduardo Andrada y la asistente social Analía Morales, quienes se encuentran acusados por abuso de autoridad y violaciones de los deberes de funcionario público.
 
"Solicitaremos este viernes que se agrave la carátula del caso a vejámenes y privación ilegal de la libertad calificada", indicó el letrado, quien agregó que se espera la declaración de siete testigos: "Se trata de las personas que realizaron el hisopado e interceptaron a la familia".
 
Los implicados le negaron el ingreso del padre de Solange a la provincia de Córdoba en agosto de 2020.
 
Por su parte, Pablo Musse conversó con NA y expresó que vive el juicio con "mucha incertidumbre": "Tengo la esperanza de que sí van a hacer juzgados, más porque es un jurado popular"
 
De acuerdo a la acusación, los sindicados impidieron el ingreso del denunciante a la provincia para visitar a su hija, quien en aquel momento residía en Alta Gracia y se encontraba con internación domiciliaria, asistida con oxígeno, bajo cuidados médicos, porque tenía un diagnóstico de cáncer de mama avanzado, en fase IV.
 
El fiscal Julio Rivero señala que esta situación impidió que el hombre pudiera ver a su hija con vida por última vez, quien murió el 21 de agosto a los 35 años.
 
Para las autoridades a cargo de la investigación, los imputados desatendieron la directriz que ordena que, para estas situaciones “impostergables”, se debía escoltar hacia el domicilio de la persona discapacitada o la residencia de la persona que sufría el padecimiento límite.
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