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La Corte Suprema de Justicia de la Nación actualizó los montos previstos en el artículo 242 y 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación relativos a la suma dineraria que determina la inapelabilidad de la sentencia definitiva ...
Sábado 20 de Abril de 2024
10:15 | Sábado 20 de Abril de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
...y al depósito para interponer un recurso de queja ante el Máximo Tribunal.
El artículo 286 prevé que, cuando se interponga recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia por denegación del recurso extraordinario, se deberá hacer un depósito a la orden de dicho tribunal. Ese valor estaba fijado en la suma de $300.000. A partir de la Acordada 9/2024, dictada en el día de la fecha, el monto del depósito deberá ser de $900.000. Se aplicará para los recursos de queja que se presenten a partir del primer día del mes de mayo.
El artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación determinaba que “serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma de $700.000”. A partir de la Acordada 10/2024, esa suma asciende a $ 2.100.000.
“Atento el tiempo transcurrido, la apropiada preservación de los propósitos perseguidos por la disposición procesal en juego justifica que se proceda a una nueva cuantificación de la suma dineraria de que se trata, sobre la base de una apreciación atenta de la realidad, semejante a la llevada a cabo en oportunidades anteriores”, argumentaron los ministros.
También, establecieron que la actualización se aplicará para las demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del primer día del mes siguiente a la suscripción de la acordada.




De acuerdo con lo establecido en la Acordada 25/2023, a partir del 5 de octubre de 2023, la presentación de los recursos directos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación se efectuará únicamente a través del formulario disponible en https://iwecs.csjn.gov.ar/iwecs
La Corte viene desarrollando un proceso de mejoras vinculadas al uso de tecnologías electrónicas y digitales en la tramitación de los procesos judiciales. A tal fin, se han llevado adelante acciones tendientes a transformar gradualmente la prestación del servicio de justicia en pos de una mayor eficiencia, transparencia, acceso a la información, reducción del uso del papel y simplificación en la consulta de las causas.

En ese marco, la Acordada 25/2023 aprobó el “Procedimiento para la presentación de recursos directos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por vía remota” y alcanza a:
Para el inicio de demandas ante la Secretaría de Juicios Originarios, en tanto, se mantiene la casilla de correo electrónico demandas.ori@csjn.gov.ar.
Para el ingreso de causas ante otras jurisdicciones, deberán enviarse los formularios de inicio a la dirección de correo electrónico del tribunal que corresponda.





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6 COMENTARIOS
Lidia
| Lunes 22 de Abril de 2024
jajajajajajajaja cráneos, pero vacios
Para insistidor
| Domingo 21 de Abril de 2024
Tambien fue ministro de salud el dr Luna Corzo.
Unos craneos
| Domingo 21 de Abril de 2024
Felicitaciones!
Insistidor..
| Domingo 21 de Abril de 2024
Me ganaron la apuesta jajajaja 🤣 bien ahí..!!
Insistidor
| Domingo 21 de Abril de 2024
Sigo en la misma. Teniendo un iluminado como Luna Corzo que fue Ministro de Educación Ministro de Gobierno, hoy Jefe de Gabinete y Síndico del Banco, dueño de la Alcancía que guarda la platita fuerte, por que no hace el Escrito de Apelación él? Ya que tanto sabe y domina tantas Áreas de Gobierno. Sus influencias llegan hasta los Bosques de Palermo en Bs Aires. ( ah..olvidaba, para fenix a veces noto que este funcionario está como protegido o blindado para estos comentarios, así que hice mi apuesta con mis amigos si este saldrá o no)
Juan
| Domingo 21 de Abril de 2024
Los abogados se hacen ricos con los problemas de los otros.
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