Locales

El Consejo de Abogados pidió aclarar el alcance de la suspensión de ejecuciones y créditos

Francisco Brizuela Montenegro advirtió que la redacción de la normativa puede generar interpretaciones amplias y afectar honorarios profesionales, indemnizaciones laborales y cuotas alimentarias.

Miércoles 16 de Septiembre de 2026

353317_1789600547.jpg

19:05 | Miércoles 16 de Septiembre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

En diálogo con Fenix, el presidente del Consejo de Abogados y Procuradores de La Rioja, Francisco Brizuela Montenegro, pidió que se aclare el alcance de las normas que suspenden durante 180 días determinadas ejecuciones prendarias y créditos instrumentados.
 
El abogado explicó que desde el Consejo consideran necesario poner un límite a situaciones de usura y reconoció que existen préstamos que pueden resultar abusivos para personas que atraviesan dificultades económicas. Sin embargo, advirtió que la redacción de la normativa es amplia y podría alcanzar créditos que no tienen origen en prácticas usurarias.
 
Según detalló, dentro del concepto de “créditos instrumentados” podrían quedar incluidos pagarés, pero también honorarios profesionales, indemnizaciones laborales reconocidas por sentencia firme y créditos derivados de procesos de familia, entre otros. “Cuando se habla en términos generales, ahí entra todo en la misma bolsa”, señaló.
 
Brizuela Montenegro remarcó especialmente la situación de los créditos de carácter alimentario. Mencionó como ejemplo las cuotas alimentarias que no son abonadas y que requieren una ejecución judicial para garantizar el sustento de los hijos. También incluyó los honorarios de abogados, peritos, contadores y otros profesionales como fruto de su trabajo.
 
“Nosotros les pedimos que aclaren eso y que se exceptúe expresamente estos créditos de carácter alimentario”, sostuvo el titular del Consejo de Abogados, quien consideró que la falta de precisión deja parte de la interpretación en manos de los jueces que intervengan en cada causa.
 
En ese sentido, planteó que la normativa debería especificar cuáles son los créditos alcanzados por la suspensión y cuáles deben quedar exceptuados. Según explicó, desde el Consejo entienden que los jueces deberían interpretar las normas de manera armónica con la Constitución Nacional, los pactos internacionales y la legislación provincial.
 
El abogado también aclaró que la suspensión de las ejecuciones no implica que las deudas sean condonadas. “No significa que la deuda se condona, se perdona, ni que no se va a pagar más”, explicó. Según su interpretación, se trata de una suspensión destinada a abrir una instancia de renegociación en condiciones equitativas para aquellos créditos que puedan estar vinculados con situaciones abusivas.
 
Por otra parte, Brizuela Montenegro consideró positiva la creación de un registro para las personas físicas o jurídicas que se dedican habitualmente al préstamo de dinero. Propuso que quienes realicen esta actividad tengan domicilio legal en la provincia e informen de manera clara las condiciones de los contratos, las tasas de interés, la amortización de las cuotas y las garantías exigidas.
 
El presidente del Consejo de Abogados insistió en que debe diferenciarse la lucha contra la usura de aquellos créditos que tienen un origen legítimo y que podrían verse afectados por una interpretación demasiado amplia de la normativa.
 
“Una cosa es ponerle un límite a la usura y otra cosa es generar un concepto muy amplio donde ya entren muchos créditos instrumentados que claramente no tienen origen en la usura y que pueden afectar derechos alimentarios”, afirmó.
 
Finalmente, sostuvo que el objetivo del Consejo es que se precise el alcance de las disposiciones para evitar situaciones de injusticia y garantizar tanto la protección de las personas endeudadas frente a posibles abusos como el cumplimiento de obligaciones y derechos reconocidos judicialmente.

DEJANOS TU COMENTARIO

Top Semanal

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

LOCALES

NACIONALES

INTERNACIONES

DEPORTES

SOCIEDAD

FARÁNDULA