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La Justicia civil y comercial federal declaró la caducidad del proceso iniciado por el Estado contra la expresidenta, al no haberse impulsado la demanda en el plazo legal. La decisión no afecta la condena penal vigente.
Martes 19 de Agosto de 2025
13:09 | Martes 19 de Agosto de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La expresidenta Cristina Fernández de Kirchner no deberá afrontar el pago de una indemnización civil de $22.300 millones en el marco de la causa Vialidad, luego de que el juez Marcelo Bruno Dos Santos declarara la caducidad del proceso judicial. El expediente había sido iniciado en 2018 por la Dirección Nacional de Vialidad durante el gobierno de Mauricio Macri, con el objetivo de recuperar fondos presuntamente desviados en la adjudicación de obras públicas al empresario Lázaro Báez.
La resolución judicial se fundamenta en el artículo 310 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece que, si una causa no es impulsada por la parte actora en un plazo de seis meses, debe considerarse caduca. En este caso, la inactividad procesal se extendió a lo largo de los gobiernos de Alberto Fernández y Javier Milei, cuya administración incluso disolvió el organismo demandante el mes anterior. La defensa de la exmandataria había solicitado el cierre del expediente en abril de 2025, argumentando que se habían cumplido todos los requisitos legales para que se declare la caducidad.
El juez Dos Santos resolvió que “se encuentra operada la caducidad de la instancia en el presente proceso, con costas a la actora vencida”, lo que implica que el Estado no podrá continuar con el reclamo civil. No obstante, esta decisión no interfiere con la causa penal por la que Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En ese marco, sigue vigente el decomiso patrimonial por $684.000 millones que afecta a la expresidenta y a otros ocho condenados, aunque dicha medida se encuentra bajo revisión en la Cámara Federal de Casación Penal.
La Dirección Nacional de Vialidad aún puede apelar el fallo ante la Cámara Civil y Comercial Federal, aunque el expediente queda archivado hasta que se resuelva dicha instancia. El juez subrayó que la caducidad no busca sancionar a las partes, sino evitar la prolongación indefinida de los procesos judiciales y garantizar la seguridad jurídica.
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