La víctima era menor de edad y los hechos ocurrieron en un ámbito intrafamiliar. El fallo también incluyó medidas de protección y asistencia.
20:45 | Lunes 06 de Abril de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Cámara Multifueros de la Quinta Circunscripción Judicial, con sede en Chepes, condenó a M.R.B. a 18 años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en perjuicio de una persona menor de edad.
El fallo fue dictado por unanimidad por el tribunal integrado por las juezas María Alejandra López, Deolinda Janet Tello y Rosa Graciela Yaryura, quienes además dispusieron la inhabilitación absoluta del condenado por el mismo plazo, conforme a lo establecido en el Código Penal.
Durante el proceso se acreditó que los hechos ocurrieron en un contexto intrafamiliar y se repitieron a lo largo del tiempo. La situación salió a la luz cuando la propia víctima logró manifestar lo sucedido dentro de su entorno cercano, lo que permitió activar la intervención judicial.
El tribunal valoró especialmente las pruebas reunidas durante el juicio, así como la normativa vigente en materia de protección integral de niñas, niños y adolescentes, en línea con estándares nacionales e internacionales.
Medidas de protección y seguimiento
En el marco de la sentencia, se dispusieron acciones orientadas a la contención y recuperación de la víctima. Entre ellas, se ordenó la provisión urgente de tratamiento psicológico gratuito y continuo dentro del sistema de salud pública.
Además, se estableció que cualquier solicitud de beneficios penitenciarios por parte del condenado deberá ser informada tanto a la Justicia como a la víctima, con el objetivo de garantizar su protección incluso después de alcanzar la mayoría de edad.
En cuanto al condenado, deberá someterse a tratamiento psicológico permanente durante el cumplimiento de la pena, bajo supervisión del Juzgado de Ejecución Penal, con el fin de favorecer su rehabilitación y prevenir la reiteración de conductas delictivas.
Finalmente, el tribunal dispuso remitir las actuaciones a los organismos correspondientes para el control y seguimiento de la ejecución de la pena, conforme a la normativa vigente.