
Editorial Diario La Nación: "La Rioja y los abusos de su gobernador"
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La decisión fue comunicada a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial. El documento asigna porcentajes de esos ingresos al Ministerio de Defensa para el reequipamiento militar.
Lunes 04 de Mayo de 2026
09:22 | Lunes 04 de Mayo de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Gobierno dispuso que una parte de los ingresos que obtenga el Estado mediante procesos de privatización y la venta o administración de inmuebles públicos sean destinados al Ministerio de Defensa, con el objetivo de financiar el reequipamiento y la modernización de las Fuerzas Armadas.
Así quedó establecido a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 314/2026, publicado en el Boletín Oficial de este lunes con las firmas de Javier Milei y todo su Gabinete.
La norma pone en marcha el denominado “Plan de Adecuación y Reequipamiento Militar Argentino”, que, según los considerandos, tiene como fin “el reequipamiento, la modernización, el desarrollo de infraestructura estratégica y la recuperación de capacidades del Sistema de Defensa Nacional”.
El texto advierte que “los cambios en materia de tecnología militar, en particular la irrupción de la inteligencia artificial y el uso de armas robotizadas, demandan de nuevas capacidades y medios para las Fuerzas Armadas”.
Dice, además, que para Argentina, “en atención a su extensión territorial, la magnitud de sus espacios marítimos y aéreos, y la existencia de recursos naturales estratégicos, es esencial contar con un sistema de defensa con capacidad real de disuasión y respuesta”.
Todo esto, agrega el documento, en el marco de un “escenario internacional contemporáneo en el que existen múltiples conflictos geopolíticos latentes” y que “presenta nuevas modalidades de amenazas, incluyendo acciones asimétricas, ciberataques, sabotajes a infraestructura crítica e incursiones irregulares en el espacio aéreo”.
También remarca que “las Fuerzas Armadas son empleadas de manera recurrente en apoyo a la comunidad ante situaciones de emergencia y catástrofes naturales (...), poniendo a disposición capacidades logísticas de transporte, sanidad, comunicaciones e ingeniería, lo cual demanda que cuenten con medios adecuados, modernos, operativos y en condiciones óptimas”.
En paralelo, el DNU señala que “la estructura presupuestaria vigente ha generado que la mayor parte de los recursos sean absorbidos por gastos de personal y funcionamiento, limitando severamente la inversión, lo que deja un escaso margen para sostener la operación y al mismo tiempo reforzar y mejorar capacidades militares concretas de la Defensa Nacional”
Frente a este escenario, el decreto introduce un nuevo esquema de financiamiento. En primer lugar, sustituye el artículo 15 del Decreto 1382/2012 y dispone que “el 10 % de los ingresos obtenidos por la venta, locación, concesión, transferencia o cualquier otra forma de disposición de inmuebles del Estado Nacional será destinado al Ministerio de Defensa”.
Se establece además una diferenciación en los casos en que los bienes involucrados estaban previamente asignados al área. En esos supuestos, dispone que “el 70 % de los ingresos obtenidos por la disposición de inmuebles afectados al Ministerio de Defensa será asignado a dicha jurisdicción”, manteniendo el mismo destino específico.
A su vez, el artículo 3° del decreto incorpora una segunda fuente de financiamiento y determina que “el 10 % de los fondos provenientes de los procesos de privatización de empresas o participaciones estatales” será asignado al Ministerio de Defensa, también con destino al reequipamiento militar.
El decreto aclara que estos recursos “no sustituyen ni afectan los fondos previstos en el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF)”, creado por la Ley 27.565, sino que constituyen “una fuente complementaria de financiamiento” destinada a atender L
La norma instruye al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas a elevar al Ministerio de Defensa, en un plazo de 90 días, un relevamiento de “los requerimientos prioritarios en materia de equipamiento”, con el fin de orientar la aplicación de los fondos asignados.
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