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Los jueces hicieron lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y aplicaron la pena de prisión perpetua para el imputado, considerado autor penalmente responsable del delito de “Homicidio Doblemente Calificado por Alevosía y Criminis Causae”.
Lunes 22 de Junio de 2026
13:52 | Lunes 22 de Junio de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La acusación sostenida por los fiscales Rafael Diego López y Martín Oneto, logró demostrar que el día 4 de mayo de 2023, Oviedo ingresó a la vivienda de Roque Romero y cometió un hecho de “Homicidio calificado por Alevosía y Criminis Causae”. Ello en virtud de que el acusado atacó de manera repentina y violenta a la víctima, aprovechándose de la extrema vulnerabilidad física que padecía la misma luego de sufrir dos ACV. Esto, sumado al alto nivel de instrucción y experiencia que posee Oviedo en relación con el manejo de armas y técnicas de lucha; conocimientos que fueron utilizados con la finalidad de facilitar el robo de una caja fuerte, delito que se produjo en situación de Flagrancia, cuando la policía lo detuvo mientras huía en su motocicleta con las pertenencias de la víctima.
Durante la audiencia de alegatos previa, teniendo en cuenta la gravedad del delito y la contundencia de las pruebas, la Fiscalía había solicitado formalmente la pena máxima para el acusado por su responsabilidad penal en el crimen.
Por ello, el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial —presidido por la jueza Sara López Douglas y completado por las juezas vocales Edith Agüero y Karina Cabral— estuvo de acuerdo con el pedido de los fiscales Rafael Diego López y Martín Oneto, por lo que resolvió declarar a Jorge Nicolás Oviedo autor penalmente responsable del hecho que se tipifica en el Art. 80 Inc. 2 y 7 del C.P. “Homicidio Doblemente Calificado por Alevosía y Criminis Causae – en Situación de Flagrancia” en concordancia con Arts. 321 y 322 del C.P.P y lo condenó a la pena de prisión perpetua, la cual deberá cumplirla de manera efectiva en el Servicio Penitenciario Provincial.
A lo largo del juicio, los fiscales estuvieron acompañados por la ayudante fiscal Natalia Brito y basaron su estrategia acusatoria en la valoración de los elementos probatorios producidos durante las audiencias.
El logro de esta condena solicitada por los fiscales, es el resultado del trabajo que el MPF realizó desde el inicio del caso, ya que, al tratarse de un delito cometido en situación de Flagrancia, la Fiscalía asumió de manera directa la instrucción de la causa, logrando incorporar con máxima celeridad todas las evidencias necesarias para sostener la imputación y elevar la causa a juicio en menos de 30 días después del hecho.
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