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La nueva normativa redefine el cálculo de indemnizaciones por despido en 2026 y cambia topes, montos y criterios clave en el trabajo
Domingo 12 de Julio de 2026
11:33 | Domingo 12 de Julio de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
a aplicación de la Ley de Modernización Laboral comienza a impactar en uno de los puntos más sensibles del mercado de trabajo: el costo de las indemnizaciones por despido sin causa. Aunque se mantiene la lógica tradicional de cálculo, el nuevo marco introduce cambios que modifican la base salarial, los límites de pago y los criterios de actualización.
En este escenario, los montos estimados para julio de 2026 ya reflejan una nueva forma de determinar cuánto debe cobrar un trabajador desvinculado.
La fórmula central no se modifica: el trabajador percibe un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. El cálculo toma como referencia la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año.
Sin embargo, el cambio más relevante está en la composición del salario base. A partir de la nueva normativa, quedan afuera del cálculo:
Este ajuste redefine la base sobre la que se construye la indemnización final.
El nuevo esquema establece un límite claro: el salario utilizado para calcular la indemnización no puede superar el equivalente a tres salarios promedio del convenio colectivo correspondiente.
A su vez, se incorpora la doctrina del fallo Vizzotti de la Corte Suprema, que impide que los topes reduzcan de forma excesiva el ingreso del trabajador.
En términos prácticos, esto garantiza que la base no pueda caer por debajo del 67% del salario habitual. Además, se mantiene una regla central: ninguna indemnización puede ser inferior a un mes completo de sueldo.
Uno de los puntos más sensibles del nuevo régimen es el tratamiento de los despidos discriminatorios. Si se prueba judicialmente esta situación, la indemnización por antigüedad puede incrementarse entre un 50% y un 100%, dependiendo del caso.
Las causales quedan delimitadas en forma más precisa: incluyen motivos como género, edad, religión, raza u orientación política o sindical, entre otros. Con este cambio, el esquema limita interpretaciones amplias de los tribunales y redefine el alcance de las reparaciones posibles.
La reforma también introduce una nueva modalidad de pago para empresas que deben afrontar fallos o acuerdos laborales. Los montos podrán abonarse en hasta seis cuotas mensuales, y en hasta doce cuotas para pymes y microempresas.
Las cuotas se actualizan por inflación (IPC) más una tasa fija del 3%, reemplazando esquemas anteriores más onerosos para las compañías.
El nuevo criterio establece que, si un trabajador es despedido, cobra su indemnización y luego es recontratado, la antigüedad anterior solo se mantiene si el reingreso ocurre dentro de los dos años.
Superado ese plazo, la relación laboral se reinicia desde cero a efectos indemnizatorios.
Uno de los cambios estructurales de la reforma es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema que busca financiar o reemplazar el esquema tradicional de indemnizaciones.
Los empleadores deberán realizar aportes mensuales:
El dinero será administrado mediante instrumentos regulados por la Comisión Nacional de Valores. Sin embargo, el empleador sigue siendo responsable si el fondo no alcanza para cubrir el total de la indemnización.
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