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La mujer obtuvo el aval de la Justicia de Chubut para continuar sola con el proyecto de maternidad que habían iniciado junto a su marido antes de que el hombre muriera.
Sábado 25 de Julio de 2026
10:21 | Sábado 25 de Julio de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El reciente fallo de la Justicia de Chubut, que autorizó a una viuda a continuar con el tratamiento de fertilidad que había iniciado junto a su esposo fallecido, volvió a poner sobre la mesa un debate que especialistas y jueces vienen advirtiendo desde hace años: la falta de una ley que regule la fertilización post mortem en la Argentina.
La resolución fue dictada por Ivana Wolansky, titular del Juzgado de Familia N°3 de Trelew. En diálogo con TN, explicó que autorizó el procedimiento porque la mujer quería continuar sola con el proyecto de maternidad que habían iniciado junto a su marido.
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“Lo hice porque la actora solicitó se autorice el descongelamiento y la transferencia embrionaria y en su oportunidad se ordene al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que inscriba al niño/a, hijo/a de ella en virtud del proyecto monoparental”, sostuvo.
Por eso, entendió que el caso debía analizarse desde la autonomía reproductiva de la mujer: “Tratándose de un proyecto monoparental, consideré que la decisión formaba parte de su derecho a la integridad y libertad personal, a la vida privada y familiar”.

La pareja había descubierto que ambos tenían problemas de fertilidad y decidió recurrir a una doble donación de gametos para cumplir el deseo de tener un hijo. Sin embargo, el hombre murió antes de que pudiera realizarse la fecundación.
De acuerdo a lo que planteó la letrada, ese punto fue central en la decisión judicial: “La importancia del fallo radica en que la Juez Dra. Wolansky puso el acento en la voluntad procreacional y en la continuidad de un proyecto parental iniciado en vida, con independencia del origen genético de los gametos”.
Y agregó: “El tribunal entendió que el elemento jurídicamente relevante no era la carga genética del futuro hijo, sino la decisión libre y consciente de la pareja de formar una familia mediante técnicas de reproducción asistida”.
Aquel texto proponía reglas claras, como que existiera un consentimiento expreso por escrito y un límite de un año tras el fallecimiento para llevar adelante el tratamiento. Sin embargo, señaló que por más que la propuesta no haya sido incorporada, “no implica jurídicamente que la práctica se haya prohibido”.
En ese sentido, advirtió que esa falta de regulación obliga a que cada caso termine resolviéndose en la Justicia: “En la realidad se están dando varios casos, con distintos matices, debiendo necesariamente recurrir a la Justicia para suplir la laguna del derecho que provocó la omisión de su regulación”.
Ante la falta de una regulación específica, cada tribunal fue resolviendo los casos que se presentaban de acuerdo a las particularidades de cada expediente. Según precisó Florencia Daud, doctora en Derecho y abogada especialista en fertilidad asistida, existen alrededor de 13 antecedentes judiciales relevantes en el país.
En 10 oportunidades la práctica fue autorizada y en tres fue rechazada. La discusión incluso llegó a la Corte Suprema, que el 21 de agosto de 2024 dejó firme una sentencia que había rechazado el pedido de una mujer para usar el semen criopreservado de su esposo fallecido. En aquel momento, los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti sostuvieron que la voluntad procreacional debía ser expresa, específica e inequívoca y que un poder general no era suficiente para acreditarla.
Para Daud, la falta de una norma clara tiene un impacto directo en la vida de la gente. “No existe actualmente un instrumento previsto expresamente por la legislación argentina que permita dejar un consentimiento anticipado y vinculante para autorizar el uso del propio material genético criopreservado después de la muerte”.
Moon también consideró que la normativa quedó desactualizada frente a los avances científicos: “La Ley 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida representa un logro importante en este tema, sin embargo, vemos que la normativa va un paso detrás de los avances de la ciencia, originando vacíos legales”.
Por ejemplo, todavía no hay respuesta sobre lo que ocurre con los embriones criopreservados cuando una pareja se separa, uno de sus integrantes muere o ambos deciden abandonar el tratamiento.
En este contexto, las especialistas coinciden en que estos casos se van a multiplicar a medida que aumenten los tratamientos de reproducción asistida.
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“Obviamente que este tipo de decisiones alentarían a otras personas que se encuentran en situaciones similares a acudir a la Justicia, mientras se den situaciones en las cuales existan lagunas o vacíos jurídicos”, advirtió la abogada Moon.
Wolansky también cree que el debate recién empieza. “Esto va a ser más frecuente, por lo que se determina la necesidad urgente de su regulación”, cerró.
Los problemas detrás del vacío legal

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