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El exdirector ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad había pedido que no se realicen tras la aparición de nuevos audios.
Lunes 07 de Septiembre de 2026
14:06 | Lunes 07 de Septiembre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Justicia rechazó el pedido del exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) Diego Spagnuolo para frenar la pericia de los audios en la causa que investiga presuntas coimas, según informaron fuentes del caso
La medida fue adoptada por el juez federal Ariel Lijo, luego del pedido de la defensa del exfuncionario de Javier Milei, que había cuestionado la decisión de analizar 58 archivos que afirman no se encontraban incluidos en la causa.
De esta forma, el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N°11 confirmó que los forenses de la Gendarmería Nacional Argentina deberán continuar con las pericias como estaban pactadas. La defensa de Spagnuolo apelará el fallo.
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En el escrito, Lijo apuntó que “la cuestión que ahora introduce la defensa no resulta novedosa ni responde a una modificación sobreviniente del objeto de la experticia”, y que insistieron en cuestionar la validez de los audios.
También remarcó que, al momento de ordenar las pericias para determinar si los audios atribuidos a Spagnuolo estaban editados o adulterados, estos fueron identificados como “aquellos ‘aportados oportunamente a la fiscalía instructora por el periodista Mauro Federico’”. “No existió, por ende, una modificación posterior de su objeto ni una decisión sorpresiva”, enfatizó.
Lijo señaló además que la defensa del exfuncionario de ANDIS no había cuestionado esta decisión e incluso intervino “activamente” en la producción de los análisis.
“Luego de reclamar la realización de estudios destinados a determinar la autenticidad e integridad de los audios, consentir la decisión que individualizó expresamente el material sometido a examen, designar perito de parte y proponer puntos dirigidos a profundizar su análisis, no resulta compatible con una actuación procesal coherente pretender ahora paralizar la experticia sobre la base de una objeción relativa a su objeto material que pudo —y debió— ser introducida oportunamente”, agregó.
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