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Las personas notificadas tendrán 60 días corridos para presentar documentación y pedir la rehabilitación del beneficio, aunque el envío no garantiza que se restablezca el pago
Miércoles 28 de Octubre de 2026
09:07 | Miércoles 28 de Octubre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Gobierno anuló la resolución que había restablecido el pago de más de 20.000 pensiones por invalidez laboral y exigió una nueva evaluación para definir quiénes pueden conservar el beneficio. Los titulares alcanzados deberán presentar documentación dentro de los 60 días posteriores a la notificación individual.
El Gobierno dejó sin efecto la resolución que había restablecido el pago de más de 20.000 pensiones por invalidez laboral y exigió una nueva evaluación para definir si sus titulares pueden conservar el beneficio. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 3695/2026, firmada por el secretario Nacional de Discapacidad, Diego Masaragian.
La norma anuló la Resolución 13.901/2025, que había reanudado los cobros de personas afectadas por suspensiones posteriores a auditorías. Ahora, la Secretaría Nacional de Discapacidad revisará los expedientes incluidos en un anexo oficial y analizará si cada titular cumple con los requisitos vigentes.
Las personas alcanzadas deberán iniciar un trámite de rehabilitación dentro de los 60 días corridos posteriores a la recepción de la notificación individual. Para respaldar su reclamo, tendrán que acreditar su supervivencia, actualizar sus datos personales y presentar documentación que demuestre que mantienen las condiciones que justificaron la pensión.
Entre los documentos posibles figuran certificados médicos actualizados y antecedentes relevantes. Los beneficiarios podrán entregar los papeles en oficinas de ANSES, dependencias habilitadas de la Secretaría, el formulario digital del Ministerio de Salud o la plataforma Trámites a Distancia. También podrán enviarlos por correo electrónico a citacion@senadis.gob.ar.
La presentación iniciará el análisis administrativo, pero no garantizará la restitución automática del pago. La decisión dependerá de la evaluación de cada expediente.
Los titulares notificados también podrán presentar recursos administrativos. Según el tipo de impugnación, contarán con plazos de 20 o 30 días. La Secretaría aclaró que el listado oficial no necesariamente incluye a todas las personas con pensiones suspendidas, porque algunos expedientes incorporaron documentación nueva o tienen procesos judiciales en curso.
El conflicto comenzó en Catamarca, cuando un juzgado federal ordenó en septiembre de 2025 restablecer las pensiones suspendidas en esa provincia. La medida cautelar se extendió después a todo el país, pero la ex ANDIS apeló y la Cámara Federal de Tucumán revocó el fallo en febrero de 2026.
Las pensiones no contributivas se rigen por la Ley 13.478 y el Decreto 432/97. Están destinadas a personas sin recursos suficientes, sin cobertura previsional y con imposibilidad de trabajar. Para quienes figuran en la resolución, la documentación y el cumplimiento de los requisitos definirán si pueden recuperar la prestación.
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