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La Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA) desistió formalmente de su demanda tras haberse saldado la deuda que originó el conflicto. La decisión fue presentada ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 3.
Viernes 23 de Mayo de 2025
08:12 | Viernes 23 de Mayo de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
En su presentación, CAMMESA argumentó que EDELAR había cancelado los pagos pendientes, lo que motivó el retiro de la acción judicial. Para respaldar esta posición, adjuntó comprobantes de pago, imputaciones contables y correos electrónicos entre ambas partes que documentan las transferencias realizadas.
La empresa también solicitó que se declare extinguida la causa en virtud del artículo 304 del Código Procesal Civil y Comercial, y que se archive el expediente sin más trámite. En su escrito, aclaró que las comunicaciones previas al juzgado se realizaron a título informativo, y que al no haberse trabado la litis, CAMMESA no está sujeta al pago de la tasa de justicia.
La resolución del conflicto por vías extrajudiciales deja entrever un entendimiento entre ambas empresas del sector energético, y marca un antecedente en la búsqueda de soluciones fuera del ámbito judicial.
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