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El Gobierno acusó al juez González Charvay de prejuzgar al habilitar un amparo colectivo contra el decreto que suspendió la ley de emergencia en discapacidad.
Sábado 22 de Noviembre de 2025
08:23 | Sábado 22 de Noviembre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Gobierno nacional, a través de la Procuración del Tesoro, recusó al juez federal de Campana, Adrián González Charvay, por haber habilitado un amparo colectivo contra el artículo del decreto de Javier Milei que suspendió la ley de emergencia en discapacidad.
Según informó La Nación, la Procuración del Tesoro sostuvo en su presentación que el fallo del 5 de noviembre incurrió en “prejuzgamiento”, al pronunciarse sobre cuestiones de fondo del litigio. Señaló que el juez dio por sentado que el Decreto 681/25 suspendió la Ley 27.793 —algo que el Gobierno niega— y que esa supuesta irregularidad fundamenta la recusación.
En agosto, González Charvay ya había declarado inválido el veto del presidente Javier Milei a la ley de emergencia en discapacidad, que fue rechazado a principios de septiembre en el Senado nacional.
Tras el rechazo del veto en el Senado, el 22 de septiembre el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley, pero aclaró que su aplicación solo sería posible una vez que se aprueben las partidas en el presupuesto nacional, que será tratado en las próximas sesiones extraordinarias.
En esa línea, el propio decreto advirtió que el impacto fiscal estimado de la norma asciende a $3,02 billones para el período 2025-2026, lo que representa 0,35% del PBI. Además, subrayó que el Congreso no especificó las fuentes de financiamiento como lo exigen la Ley de Administración Financiera y la Ley 24.629 de normas complementarias del presupuesto.
Por otra parte, el Decreto 681/2025 objetó que la creación de la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social que incluye la ley demandaría $2,16 billones en 2025, equivalentes al 0,26% del PBI, y $4,7 billones en 2026, un 0,47% del producto. Asimismo, calculó que el Programa Incluir Salud, que otorga cobertura médica a los beneficiarios de pensiones, implicaría $574.200 millones este año y $1,23 billones el próximo, mientras que la compensación económica a prestadores significaría otros $278.323 millones.
Tras el decreto del Poder Ejecutivo Nacional, la O.G.J y D.R.N en representación de sus hijos menores de edad se presentaron en el Juzgado Federal de Campana e iniciaron una acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional con el fin de que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad [sic] del artículo 2° del Decreto N° 681/2025.
A raíz de esa acción, a inicios de noviembre el juez González Charvay rechazó el planteo de “falta de legitimación activa y de representación colectiva” formulado por el Ministerio de Salud de la Nación y determinó los alcances del “colectivo”, hecho que desató la reacción del Gobierno nacional en su contra.
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