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El decreto agiliza la devolución del IVA en exploración y moderniza el régimen histórico por primera vez en 30 años. La Cámara Argentina de Empresas Mineras trabaja en una propuesta para ir más lejos.
Martes 23 de Junio de 2026
15:40 | Martes 23 de Junio de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 482/2026 que actualiza integralmente el reglamento de la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196, vigente desde 1993. Más allá de la modernización administrativa, el decreto tiene una lectura de fondo: el Gobierno está acercando el régimen minero histórico al estándar de flexibilidad y seguridad jurídica que caracteriza al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que solo puede recibir adhesiones hasta el 8 de julio de 2027 y cuya prórroga ya fue utilizada por única vez, sin posibilidad de repetirla.
El punto más significativo del decreto para el desarrollo minero de mediano plazo es la simplificación de la devolución acelerada del IVA, que beneficia principalmente a los exploradores. Hasta ahora, las empresas debían notificar previamente los trabajos exploratorios antes de realizarlos y presentar documentación extensa para acceder al reintegro. El decreto elimina esa obligación y limita la documentación exigible a facturas y comprobantes de pago, sin posibilidad de que la autoridad de aplicación requiera información adicional salvo la estrictamente necesaria.
El impacto no es menor, ya que la exploración es la etapa más riesgosa y de mayor intensidad de capital inicial de la industria. Las empresas junior, que son quienes más exploran, operan con caja ajustada y cualquier demora en la recuperación del crédito fiscal puede frenar un programa de perforación o directamente inviabilizar un proyecto.
Argentina arrastra un déficit estructural de exploración que se refleja en la escasez de nuevos proyectos en cartera para empalmar con los cierres de las minas de oro y plata de Santa Cruz, puntualmente, que se proyectan para los próximos 5 años y hoy son las que sostienen las cifras de exportación de minerales del país.
Las coincidencias con la norma modificada y el RIGI no son casuales. El decreto incorpora a la Ley 24.196 varios de sus rasgos distintivos: simplificación de importaciones mediante declaraciones juradas en lugar de autorizaciones previas, carácter declarativo de la estabilidad fiscal y digitalización integral de los trámites. También incorpora por primera vez una definición formal de "proyecto minero" como unidad de análisis para las presentaciones anuales, concepto análogo al Vehículo de Proyecto Único del RIGI.
La Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) trabaja en un documento de propuestas para elevar al Gobierno que va en esa dirección. El planteo central es que la Ley 24.196 incorpore, al menos en algún porcentaje, la libre disponibilidad de divisas y la posibilidad de litigar en el exterior que hace a la seguridad jurídica, que el RIGI ofrece y que explican buena parte de su atractivo para los inversores.
La lógica apunta a que, si el RIGI vence en julio de 2027 sin posibilidad de nueva prórroga, la Ley 24.196 debe estar en condiciones de cubrir ese vacío. El decreto de este martes es un paso en esa dirección, pero el sector considera que, sin avanzar en esas cuestiones, seguirá siendo insuficiente para competir con otras jurisdicciones mineras de la región.
El decreto fue elaborado en forma conjunta por el Ministerio de Economía, el Ministerio de Desregulación, ARCA y la Jefatura de Gabinete, no por la Secretaría de Minería en forma autónoma, lo que sugiere que la reforma responde a una estrategia de política económica más amplia. La Autoridad de Aplicación tiene 60 días para dictar las normas complementarias.
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