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La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional declaró culpable a un hombre de 72 años por abuso sexual con acceso carnal agravado. La pena será cumplida bajo prisión domiciliaria por su edad y cuestiones relacionadas con su salud.
Viernes 28 de Agosto de 2026
22:53 | Viernes 28 de Agosto de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja condenó a Luis A. A., de 72 años, a 14 años de prisión de cumplimiento efectivo tras encontrarlo responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por una situación de convivencia preexistente y en modalidad continuada.
El juicio estuvo a cargo de la jueza Sara López Douglas, acompañada por los vocales Edith Agüero y Gustavo Díaz. Por el Ministerio Público Fiscal intervino el fiscal Rafael Diego López, junto a los ayudantes fiscales Melisa Brizuela Díaz y Orlando, mientras que la defensa estuvo a cargo de Fernando Brizuela y Marcela López.
Según se estableció durante el proceso, los hechos investigados tuvieron como víctima a la nieta de la pareja del condenado, quien tenía aproximadamente 13 y 14 años al momento de los abusos. Los episodios habrían ocurrido en una vivienda ubicada en la zona este de la ciudad de La Rioja, donde el acusado se encontraba en una situación de convivencia con la menor.
Tras analizar las pruebas incorporadas durante el debate, el Tribunal consideró acreditada la responsabilidad penal del acusado y determinó la pena de 14 años de prisión efectiva.
La condena será cumplida en prisión domiciliaria
Pese a la pena impuesta, la Cámara resolvió que el condenado continúe bajo la modalidad de prisión domiciliaria, régimen en el que ya se encontraba, teniendo en cuenta su edad y cuestiones vinculadas con su estado de salud.
El cumplimiento de la condena quedará bajo el control del Juzgado de Ejecución Penal, que deberá supervisar las condiciones establecidas por el Tribunal.
Además, la sentencia encuadró el caso dentro de un contexto de violencia contra la mujer, de acuerdo con los tratados internacionales y las leyes nacionales y provinciales vigentes en materia de protección de las mujeres.
Como parte de las medidas dispuestas, la Justicia también ordenó que el condenado realice un tratamiento psicológico de manera continua durante el cumplimiento de la pena. La evolución del proceso deberá ser supervisada por la autoridad de ejecución penal.
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