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El mapa de la discordia que enciende la minería cordillerana

(Por EDUARDO N. GERMAN).- El anuncio de Ricardo Quintela de acudir a la Corte Suprema por los límites con San Juan reactiva un pleito de raíz histórica, pero cuyo verdadero combustible actual es el millonario reparto de las regalías de Josemaría.

Miércoles 10 de Junio de 2026

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12:47 | Miércoles 10 de Junio de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La geografía cordillerana suele imponer silencios prolongados, pero la política y los recursos estratégicos tienen la capacidad de romperlos con el estruendo de un reclamo histórico. El anuncio del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, de llevar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la disputa limítrofe con San Juan no es un mero ejercicio de revisionismo cartográfico. Es, fundamentalmente, la apertura de un frente de batalla por una caja que hasta hace unas décadas no existía: la renta minera de la alta cordillera.

En el centro de la controversia se encuentra el yacimiento Josemaría, un megaproyecto de cobre y oro operado por Lundin Mining y BHP, con inversiones proyectadas que superan los US$ 4.000 millones. Para La Rioja, el millonario proyecto está asentado sobre tierras que le fueron "sustraídas ilegítimamente" en 1968; para San Juan, la discusión es un asunto jurídicamente sepultado hace casi seis décadas.

El pecado original de la dictadura

La arquitectura legal que hoy sostiene el mapa cuyano fue diseñada durante la dictadura de Juan Carlos Onganía. En diciembre de 1968, mediante el decreto-ley 18.004, el gobierno de facto clausuró un diferendo que arrastraba antecedentes desde el siglo XIX. Aquel pacto, firmado originalmente por los gobernadores interventores Guillermo Iribarren (La Rioja) y Edgardo Gómez (San Juan), trazó una línea divisoria que dejó bajo jurisdicción sanjuanina joyas paisajísticas como el Valle de la Luna (Ischigualasto) y, más al norte, la estratégica zona cordillerana donde hoy emergen Josemaría y Filo del Sol.

Desde el regreso de la democracia, La Rioja ha intentado sacudirse ese lazo. El argumento riojano posee una indudable solidez constitucional: la cesión territorial se consolidó sin la intervención del Congreso de la Nación —clausurado por el régimen militar— ni el aval de las legislaturas provinciales, violando el principio federal básico que hoy consagra el artículo 75 de la Constitución Nacional. Ya en diciembre de 1973, una joven Legislatura riojana bajo el ala de Carlos Menem declaró la invalidez de aquel acuerdo, y el propio Menem, décadas más tarde desde su banca de senador, intentó sin éxito derogar la norma de facto en el Congreso.

Sin embargo, durante décadas el conflicto permaneció en un estado de latencia institucional. Las presentaciones parlamentarias de legisladores radicales y peronistas caducaron sistemáticamente en los cajones de las comisiones nacionales por falta de peso político o por el desinterés de una geografía que entonces se consideraba «zona desértica».

Del desierto a las regalías

El escenario cambió drásticamente cuando los mapas de la geología desplazaron a los de la historia. La confirmación del potencial cuprífero y aurífero de la región transformó aquellos límites difusos y altas cumbres —como la indefinición en torno al glaciar El Potro— en activos económicos de primer orden.

La tensión escaló de manera pública cuando Quintela acusó a la administración sanjuanina, entonces liderada por Sergio Uñac, de «llevarse bajo el poncho las regalías» de Josemaría. La respuesta de la actual gestión sanjuanina de Marcelo Orrego ha sido inflexible: consideran que el planteo riojano carece de sustento jurídico y que responde estrictamente a una necesidad política y fiscal de la vecina provincia, urgida de fondos frescos en un contexto de fuerte restricción económica nacional.

Mientras las compañías mineras asumen una lógica prudencia y catalogan el conflicto como un diferendo político que excede sus competencias, el caso se encamina hacia el palacio de la calle Talcahuano. La Corte Suprema deberá definir si se adentra en el laberinto de decretos-ley de la dictadura y tratados preexistentes (como el beneficioso acuerdo bilateral de 1911 que La Rioja defiende) o si prioriza el statu quo territorial que rigió las relaciones interprovinciales durante los últimos cincuenta y ocho años.

En la Argentina del siglo XXI, el federalismo ya no se debate únicamente en términos de coparticipación de impuestos federales; ahora se dirime en los tribunales, con mapas del siglo XIX en una mano y las proyecciones de exportación de minerales estratégicos en la otra.

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